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El derecho a la ciencia permite el disfrute de otros derechos

Boletín 156/2019
1 de septiembre de 2019

Al participar en el “Primer Foro Latinoamericano de Trabajadores Científicos” en la Cámara de Diputados, la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, se pronunció por la necesidad de enfocar la atención en la ciencia como un derecho humano, tal como lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y lo interpreta su Comité (Comité DESC) en la Observación General No. 21, entre otras.

Al ofrecer la Conferencia Magistral «Ciencia como Derecho Humano» en el Salón Cristales del Congreso de la Unión, apuntó que el Artículo 15 del PIDESC desagrega tres áreas de especial consideración como contenido de los derechos culturales, dentro de los que se encuentra el derecho de todas las personas a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones.

Además, desde la perspectiva del principio de interdependencia de los derechos humanos, el ejercicio del derecho a la ciencia permite y requiere del ejercicio de otros derechos como a la educación o a la salud, por citar algunos.

Al respecto, la Relatoría Especial sobre los Derechos Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha publicado Informes Especiales, dentro de los que destacan el Informe 2012 sobre el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones, así como el Informe 2019 de décimo aniversario sobre los derechos culturales en el que resalta la necesidad de “garantizar las condiciones previas para que todos participen continuamente en el pensamiento crítico y tengan la oportunidad y los medios para investigar y aportar nuevos conocimientos, sin tener en cuenta las fronteras”.

Asimismo, la Relatora ha enfatizado que “los derechos culturales exigen que los Estados adopten las medidas necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y la cultura, respeten la indispensable libertad para la investigación científica y reconozcan los beneficios que derivan […] de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales”.

En congruencia con ese alto estándar internacional en materia de derechos culturales, señaló que la Constitución Política de la Ciudad de México establece el derecho a la ciencia y a la innovación tecnológica, lo que favorece emprender las acciones para su garantía universal, incluida la garantía presupuestaria.

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