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El Comité Contra la Desaparición Forzada de la ONU ya podrá investigar casos de México

Boletín 158/2019
3 de septiembre de 2019

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada, el Gobierno de México, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, así como de la Comisión Nacional de Búsqueda, dio a conocer los avances alcanzados en la materia durante el periodo que va del 1 de diciembre de 2018 al 14 de agosto de este año.

Al respecto, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) resalta la importancia de que, por primera vez, se brinden cifras oficiales sobre el reconocimiento del número de fosas clandestinas identificadas de 2006 a la fecha, el número de cuerpos encontrados en éstas, así como las entidades federativas en las que mayoritariamente se concentran.

Asimismo, se congratula de las siete instrucciones de cumplimiento inmediato dirigidas a dependencias del gabinete para afianzar el compromiso por la lucha en contra de la desaparición forzada, así como para acelerar los resultados esperados de las estrategias emprendidas en la materia.

En especial, la Comisión considera que tanto la declaración de dar inicio con el proceso de aceptación de la competencia del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas para recibir comunicaciones individuales, como la invitación del Comité para que lleve a cabo una visita a nuestro país durante el segundo semestre de 2020, son medidas significativas para atender esta grave situación y sumar esfuerzos con la comunidad internacional para terminar con ella.

El Comité es un órgano previsto en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, misma que fue adoptada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) en 2006 y que entró en vigor para nuestro país en 2010. Sin embargo, México no había realizado la declaración explícita necesaria para que el Comité pudiera recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo la jurisdicción mexicana o en nombre de ellas, que aleguen ser víctima de violaciones de las disposiciones de la Convención por parte del Estado.

Este Organismo considera oportuno que tanto la Comisión de Búsqueda de la Ciudad de México como la Procuraduría General de Justicia capitalina presenten a la ciudadanía, la estadística delictiva asociada con la desaparición de las personas (trata, secuestro, desaparición forzada, entre otros), así como la información sobre la situación de personas que son reportadas como desaparecidas, la normatividad jurídica, los mecanismos existentes para la búsqueda de las mismas, el plan de trabajo para realizar la búsqueda de las personas priorizando la búsqueda en vida, así como las medidas para prevenir la comisión de los delitos.

La CDHCM considera necesario que la Ley de Búsqueda de la Ciudad de México no sólo se apegue a lo dispuesto en la Ley General, sino que aporte claridad y precisión en la articulación con las instituciones locales para que pueda contarse con una respuesta efectiva a las víctimas.

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