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Presenta CDHDF Recomendaciones 4/2015 y 5/2015

Boletín 168/2015
14 de julio de 2015

  • La primera se refiere a irregularidades en construcciones en diversas colonias del Distrito Federal
  • La segunda es por violaciones a derechos humanos laborales

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió hoy la Recomendación 4/2015 por irregularidades en la construcción de diversas edificaciones en la Ciudad de México, así como la Recomendación 5/2015 por violaciones a los derechos humanos laborales.

Durante la presentación, realizada en la Sala de Consejo de este Organismo, la Presidenta de la CDHDF, Doctora Perla Gómez Gallardo, informó que la Recomendación 4/2015 fue dirigida a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal (SEDUVI), en su calidad de autoridad responsable.

Explicó que la investigación derivó de 15 expedientes de queja registrados durante los años 2010 a 2015, asociados a 13 predios urbanos.

Los derechos humanos violados fueron: a la seguridad jurídica, a la vivienda adecuada en relación al derecho a un nivel de vida adecuado, y a un medio ambiente sano.

La CDHDF comprobó que la SEDUVI otorgó Certificados Únicos de Zonificación de Uso de Suelo y/o Certificados de Acreditación de Uso de Suelo por Derechos Adquiridos, convalidando supuestos derechos adquiridos, o aplicando incorrectamente el uso de Normas de Ordenación General que facilitaron el desarrollo de vivienda justificando que era de interés social y popular, pero en su lugar se edificaron viviendas media o alta.

La Ombudsperson capitalina indicó que los predios involucrados fueron los siguientes: Fernández Leal número 43 (colonia Barrio la Concepción, Delegación Coyoacán), Avenida Pedregal número 24, (colonia Molino del Rey, Delegación Miguel Hidalgo, conocida como Torre Pedregal), Millet número 39 (colonia Extremadura Insurgentes, Delegación Benito Juárez), Juan de la Barrera número 32 (colonia Condesa, Delegación Cuauhtémoc) y Sierra Tezonco número 180 (colonia Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo).

Otros predios fueron Céfiro número 120 (colonia Pedregal de Carrasco, Delegación Coyoacán, conocido como Torre Céfiro), Parque de los Príncipes número 98 (colonia Lomas Altas, Delegación Miguel Hidalgo), Azucena y Diligencias (centro comercial denominado Wal-Mart construido en el Pueblo de San Pedro Martir, Delegación Tlalpan), Matamoros número 191 (colonia Centro, Delegación Tlalpan), así como  los predios ubicados en la calle Guty Cárdenas número 113 y otros en Avenida Revolución 1400 y 1398 (colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón).

Los últimos tres predios se ubican en la calle de Antillas número 503 (colonia Portales, Delegación Benito Juárez), Calle Unidad número 24, oficialmente ‘Huisquilucan’ número 51 (colonia Pueblo San Lorenzo Huipulco, Delegación Tlalpan) y Coatzintla número 9 (colonia San Jerónimo Aculco, Delegación La Magdalena Contreras).

La Doctora Perla Gómez Gallardo enfatizó que a este Organismo Público Autónomo le preocupa que los proyectos inmobiliarios auspiciados por el Gobierno capitalino o por particulares estén cambiando trascendentalmente la imagen urbana, la forma de transitar, los estilos de vida y en general la forma de vivir en la Ciudad de México.

Subrayó que la CDHDF no se opone al desarrollo y reconoce que es necesario que se recicle, intensifique y redensifique el territorio urbano de la Ciudad, por lo que la Recomendación 4/2015 manifiesta su posición frente a la irregularidad, discrecionalidad e impunidad con la que se llevan a cabo los proyectos constructivos que violan las normas previamente establecidas.

RECOMENDACIÓN 5/2015

Respecto a la Recomendación 5/2015, la Presidenta de la CDHDF expuso que fue dirigida a la Jefatura de Gobierno, 12 secretarías, 3 organismos descentralizados, 11 delegaciones, en su calidad de autoridades responsables; así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y Secretaría de Finanzas como autoridades colaboradoras.

La investigación fue integrada por 85 expedientes de queja con 162 personas agraviadas, fundamentalmente por el incumplimiento de laudos, sentencias y resoluciones.

Indicó que los derechos humanos violados fueron: al trabajo decente (empleo estable, salario remunerador, prestaciones económicas y seguridad social) y a la adecuada protección judicial, y de acceso efectivo a la justicia (derecho a un recurso efectivo y derecho a la ejecución de los fallos en un plazo razonable).

La Ombudsperson capitalina conminó al Gobierno del Distrito Federal a tener una política en materia de trabajo  congruente con el marco legal laboral, donde el Trabajo Decente sea una realidad para quienes trabajan en esta Ciudad.

Los documentos íntegros pueden consultarse en las siguientes direcciones electrónicas:

 Recomendación 4/2015
https://cdhcm.org.mx/wp-content/uploads/2015/07/reco_1504.pdf

Recomendación 5/2015
https://cdhcm.org.mx/wp-content/uploads/2015/07/reco_1505.pdf

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