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Garantizar el derecho a la información oportuna es la base para la atención del caso de San Bartolo Ameyalco: CDHDF

Boletín 137/2014
23 de julio de 2014

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), a través de la Primera y Tercera Visitadurías Generales, continúa con la investigación y documentación de varios expedientes de queja en los que tienen la calidad de agraviadas, personas que habitan en el pueblo de San Bartolo Ameyalco.

A la fecha se tienen registrados cinco expedientes, los cuales se encuentran en trámite:

  • Uno de ellos, relacionado con la falta de acceso a la información del proyecto hidráulico que se pretende llevar a cabo en la zona y que abastecerá de agua potable a las personas de ese pueblo.
  • Otros tres, vinculados con la falta de implementación y desarrollo de ese proyecto hidráulico que pretende suministrar de agua potable a habitantes de la zona norte de esa comunidad.
  • Uno más, referido a los hechos que se suscitaron el 21 de mayo de 2014 en donde hubo enfrentamientos entre pobladores y policías y se realizaron detenciones de varias personas.

Derivado de los expedientes de queja referidos, esta Comisión, salvaguardando y garantizando los derechos de las y los habitantes del Pueblo de San Bartolo Ameyalco ha solicitado a la autoridad delegacional en Álvaro Obregón la realización de diversas acciones entre ellas, las siguientes:

  • Los días 16 de febrero y 21 de mayo de 2014, este Organismo solicitó a la Delegación Álvaro Obregón diversas medidas precautorias, entre éstas, garantizar el derecho a la información de las y los habitantes del pueblo de San Bartolo Ameyalco para que pudieran conocer los alcances y condiciones de la obra previamente y paralelamente mantener informadas a las personas que han solicitado la realización de la obra hidráulica.
  • En diversas fechas, se llevaron reuniones de trabajo con servidores públicos de la Delegación Álvaro Obregón y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM), quienes ampliaron y precisaron la información del referido proyecto proporcionando a este Organismo el soporte documental respectivo
  • Esta Comisión hizo hincapié en la necesidad de diseñar un mecanismo que permitiera a las personas habitantes del pueblo de San Bartolo Ameyalco tener acceso a información clara y precisa del referido proyecto.
  • La Comisión formuló las respectivas solicitudes de información a las autoridades directamente responsables de los hechos, así como a aquellas que en calidad de colaboradoras tuvieran información sobre los mismos, con la finalidad de allegarse de los elementos que permitan atender adecuadamente los expedientes de queja, incluyendo aquella información relacionada con los hechos violentos del 21 de mayo pasado.
  • Se han tenido diversas reuniones con las personas peticionarias y agraviadas, informándoles puntualmente de las acciones que esta Comisión está realizando para la adecuada investigación y documentación de los casos así como para recibir de ellas más información que facilite una adecuada integración de todas las quejas bajo tramitación.
  • El 21 de julio de 2014, personal de este Organismo observó la jornada informativa realizada por servidores públicos de la Delegación Álvaro Obregón en el pueblo de San Bartolo Ameyalco, en la cual se hicieron diversas acciones para difundir la información sobre el proyecto al interior de la comunidad. Haciendo pública otros canales de información tanto directa, como impresa y digital.
  • El 23 de julio de 2014, este Organismo comunicó a la autoridad delegacional en Álvaro Obregón que se tiene por atendida la medida solicitada con relación a brindar y difundir la información sobre el proyecto hidráulico a la mayoría de la población de la comunidad, como una acción tendiente a garantizar el derecho a la información de las personas habitantes del pueblo de San Bartolo Ameyalco.

El mantener informada a la población de la comunidad representa una obligación de la autoridad y un derecho de las y los que integran el pueblo de San Bartolo Ameyalco, pues sólo con información cierta, previa, libre y oportuna se puede asegurar el respeto pleno a los derechos humanos.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, reitera que la decisión sobre la continuidad o no del proyecto hidráulico que se implementa en la zona norte del pueblo de San Bartolo Ameyalco es facultad de la autoridad delegacional en Álvaro Obregón, la cual debe respetar y garantizar a cabalidad los derechos humanos de todas las personas habitantes del citado pueblo.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal continúa con la investigación y documentación de los expedientes de queja referidos, conforme a lo establecido en su Ley y Reglamento Interno y a los estándares internacionales en la materia, vigilando en todo momento que en cada caso se respeten y garanticen los derechos de las personas peticionarias y agraviadas.