domingo , 3 noviembre 2024

OPDHS de México presentan informe conjunto al Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas

Boletín 401/2012
28 de octubre de 2012

• OPDH de Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí y Tlaxcala exponen situación de tortura en sus entidades.

• Informe sin precedente dentro del sistema Ombudsman mexicano.

• La tortura en México es una práctica sistemática en las instituciones de seguridad, procuración de justicia y penitenciarias.

• Principal fin de la tortura: obtener confesiones de las personas detenidas por la policía.

En el contexto de la comparecencia del Estado mexicano ante el Comité Contra la Tortura (CAT) de las Naciones Unidas, los Organismos Públicos de Derechos Humanos (OPDH) del Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí y Tlaxcala, presentaron un informe regional conjunto en donde examinan la situación de la tortura en el país, así como en sus respectivas entidades.

La finalidad de este informe, sin precedente dentro del sistema Ombudsmanmexicano, es brindar al CAT información relevante para el examen periódico a nuestro país que se llevará a cabo el próximo 1 y 2 de noviembre.

Es la primera ocasión en que siete OPDH analizan conjuntamente la situación de los derechos humanos en sus entidades federativas, a través de un informe dirigido a un órgano del sistema universal de protección de los derechos humanos, lo que sin duda es muestra de un esfuerzo compartido por visibilizar la situación de la tortura en el país y fortalecer el sistema no jurisdiccional en favor de la protección de los derechos de todas las personas.

El informe da cuenta de las situaciones estructurales que favorecen la perpetración de los actos de tortura por parte de las autoridades locales, analiza la tipificación del delito de tortura en todas las entidades federativas, así como su concordancia con los estándares establecidos en laConvención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

De la información proveniente de los siete OPDH se concluyó que la tortura en México continúa siendo una práctica sistemática en las instituciones de seguridad, procuración de justicia y penitenciarias, favorecida por omisiones estructurales del sistema de justicia que generan altos niveles de impunidad.

Se evidenció que uno de los principales fines de la tortura es obtener confesiones o información por parte de las personas detenidas por las policías investigadoras; violación grave que generalmente viene acompañada de detenciones ilegales o arbitrarías e incomunicaciones prolongadas. Se advierte sobre la falta de acceso a la justicia a las víctimas de tortura y su consecuente denegación a su legítimo derecho a la reparación, como uno de los factores que favorecen la impunidad y la reiteración de estas graves violaciones a los derechos humanos.

El informe señala que, entre 2008 y lo que va de 2012, los siete OPDH emitieron 58 Recomendaciones por actos de tortura y 16 por tratos crueles, inhumanos y degradantes. En ese periodo, recibieron 16 mil 68 quejas relacionas con probables actos en contra de la integridad personal, de ellas, mil 394 corresponden a actos de tortura; lo que es muestra de que la tortura continua siendo una práctica sistemática y recurrente en el país y, a su vez, es reflejo del alto grado de impunidad ante estos delitos debido al insignificante número de sentencias condenatorias que se han dictado.

Además, se evidenció que en el 41% de todos los estados de la República, la tipificación de la tortura se encuentra en los códigos penales, en 22% de los estados existe una doble normatividad, es decir, la tortura se encuentra tipificada en los código penales y en leyes especiales, y en el 37% de las entidades, la tipificación se encuentra sólo en legislación especial. En el mismo sentido, sólo el 19% de los estados contemplan en sus leyes disposiciones detalladas en materia de prevención de la tortura, en 34% la normatividad insuficiente o inexacta y en el 47% de los casos no existe disposición alguna.

Cabe señalar que el CAT es un órgano de  expertos independientes que tiene como propósito supervisar la aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,  a través del examen periódico de los Estados que forman parte de la misma. Las conclusiones del CAT y  los informes alternativos enviados por las Organizaciones de la Sociedad Civil y los organismos públicos de derechos humanos, pueden ser consultados en la siguiente página:

  • http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/cats49.htm.

El informe conjunto de los Organismos Autónomos de Derechos Humanos sobre la situación de la tortura podrá ser consultado en la página: