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La sentencia al administrador del New´s Divine no diluye la responsabilidad de los servidores públicos

Boletín 283/2012
3 de agosto de 2012

• La CDHDF acompaña el sentir de los familiares de las víctimas que consideran excesivo el tiempo transcurrido para determinar la responsabilidad penal de los servidores públicos acusados por el homicidio de las víctimas 

En cumplimiento de su mandato, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia  del Distrito Federal (TSJDF) que garantice en todo momento el derecho de las víctimas y de sus familiares a ser informadas. Por esa razón, el día de ayer tuvo lugar una reunión en las instalaciones del TSJDF con el Juez Decimonoveno Penal del Distrito Federal, a cargo de la determinación de la responsabilidad penal de quienes provocaron la muerte de 12 personas.  Asistieron familiares de las víctimas así como personal de la Segunda Visitaduría General y la Dirección Ejecutiva de Seguimiento de este Organismo Público Autónomo.

De acuerdo con información proporcionada por el TSJDF, al día de hoy se han emitido 4 sentencias condenatorias, de las cuales, 3 corresponden a servidores públicos (Médico Legista adscrito a la Coordinación Territorial GAM-8, al Director General Jurídico y de Gobierno en Gustavo A. Madero y un Agente del Ministerio Público adscrito a la 50 Agencia Investigadora). Cabe señalar que ninguno de ellos se encuentra privado de la libertad, debido a recursos legales que modificaron las penas que les fueron impuestas, lo que les permite gozar de libertad.

De acuerdo con el TSJDF aún están sujetos a proceso 31 servidores públicos. Entre los delitos que se les imputan están el homicidio de 9 jóvenes, 2 policías de la Secretaría de Seguridad Pública y 1 elemento de la entonces Policía Judicial del DF, lesiones y abuso de autoridad, entre otros.

En cuanto a la sentencia dictada el 31 de julio pasado, en contra del entonces administrador del establecimiento denominado New´s Divine, el Juez explicó que se trata del resultado de un concurso de delitos comprendidos en el tipo “corrupción de menores” y que por ese motivo la pena es de 24 años, 9 meses y la multa correspondiente.

Es importante señalar que la emisión de esta última sentencia no diluye la responsabilidad de los servidores públicos involucrados que directa o indirectamente tuvieron que ver con la muerte de 12 personas.

Es claro que la CDHDF no tiene competencia para calificar la decisión jurisdiccional, pero está obligada a acompañar el sentir de los familiares de las víctimas quienes —más allá de las razones legales— consideran que ha sido excesivo el tiempo transcurrido para determinar la responsabilidad penal de los servidores públicos acusados por el homicidio de las víctimas.

Esta Comisión, a través del Programa de Lucha contra la Impunidad y de la Segunda Visitaduría General, da seguimiento a los procedimientos derivados del caso. La CDHDF reconoce la disposición del TSJDF para atender su obligación de informar a las víctimas y reitera su compromiso para que se garanticen sus derechos de acceso a la justicia, a la verdad y a la no impunidad.