Boletín 72/2012 24 de febrero de 2012
- La detención abre la puerta a la criminalización de la protesta social
La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) condena la posibilidad de que se criminalice el ejercicio del derecho a defender derechos humanos, mediante la detención y probable sujeción a proceso de Lucila Bettina Cruz Velásquez, en Oaxaca.
De acuerdo Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), la tarde de ayer personal de la Procuraduría General de la República (PGR) detuvo a la defensora de derechos humanos en el municipio de Santa María Xadani, Istmo de Tehuantepec, Oaxaca.
Cruz Velásquez es una reconocida defensora del derecho a la tierra y al territorio en la región del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, y co-fundadora de la Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo de Tehuantepec en Defensa de la Tierra y el Territorio, la cual ha acompañado diversas luchas en la defensa de los derechos colectivos de pueblos zapotecos e ikoots frente a proyectos eólicos en la región y contra el alza de las tarifas eléctricas impuestas por la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Personas cercanas a Lucila Bettina Cruz refieren que la detención obedece a una orden de aprehensión motivada por hechos registrados en el mes de abril del 2011, en el contexto de su lucha contra las altas tarifas eléctricas de la CFE.
Actualmente se sabe que la defensora fue traslada al penal de Tehuantepec, en donde se encuentra a la espera de la definición de su situación jurídica a cargo del Juzgado 6º de Distrito y que los delitos que se le imputan son privación ilegal de la libertad, consumo y riqueza nacionales, y obstrucción al servicio público.
La información que ofrecen las OSC dan cuenta que no es la primera detención que se realiza en contra de integrantes de la Asamblea de los Pueblos Indígenas, ya que en el mes de abril del año pasado fue detenido el dirigente Filiberto Vicente Aquino.
Cabe destacar que la criminalización de la protesta social es un patrón identificado en las luchas que se registran a lo largo del país en contra de las altas tarifas eléctricas de la CFE, pretendiendo sujetar a un proceso penal a los defensores mediante la imputación de delitos desproporcionados a la movilización o actos a través de los cuales se manifiestan.
De lo anterior dan cuenta los casos de Sara López González, Joaquín Aguilar Méndez y Guadalupe Borjas Contreras, quienes fueron encarcelados y sujetos a proceso, siendo liberados tras pagar una fianza de 3 mil 300 pesos por persona. Sin embargo, posteriormente ganaron un amparo en el que se reconocía que no existían elementos para procesarlos por los delitos de privación ilegal de la libertad en su modalidad de retener a un funcionario como rehén y obstrucción de obra o servicio público.
Ante ello, esta CDHDF advierte sobre el uso que en estos casos se le ha dado al derecho penal como mecanismo de control social, alejándose de su función de garantizar y proteger los derechos y libertades de los ciudadanos, en particular el derecho a la libertad de expresión y a defender derechos humanos.
En este sentido, la CDHDF reitera la importancia de que la sanción penal para situaciones de protesta se debe dar en casos excepcionales y sólo debería aplicarse cuando por la protesta ocurran hechos de violencia que estrictamente requieran de una sanción o cuando se caiga en uno de los límites a la libertad de expresión que establece el Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.