Boletín 90/2025
12 de septiembre de 2025
- Indispensable que los sistemas de cuidado las contemplen desde sus necesidades específicas.
En el marco del quinto aniversario de la conmemoración del Día Nacional de las Mujeres con Discapacidad, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) reitera la importancia de garantizar el ejercicio pleno de su derecho al cuidado integral, con igualdad y sin discriminación.
Es de señalar que, en la recientemente emitida Opinión Consultiva No.31, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) advierte que algunos grupos de personas que ejercen trabajos de cuidado no remunerados se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad. Es el caso de mujeres que desarrollan labores de cuidado para personas con discapacidad, y también mujeres con discapacidad; además, algunas de ellas encabezan hogares monoparentales. Al respecto, la CoIDH señala que los Estados tienen la obligación de adoptar medidas para garantizar el ejercicio del derecho al cuidado sin discriminación.
Para asegurar las tres dimensiones del derecho al cuidado a todas las personas -cuidar, ser cuidadas y autocuidado- es necesario que el diseño de los sistemas de cuidado parta de un análisis interseccional. En particular, para las mujeres con discapacidad, debe considerar la acumulación de las categorías género, discapacidad y contexto socioeconómico, de modo que los mecanismos implementados contribuyan a reducir la brecha de desigualdad que les impacta de manera estructural y desproporcionada.
El gran desafío es implementar mecanismos de garantía del derecho al cuidado que estén necesariamente asociados con los sistemas del apoyo y asistencia para la vida independiente, lo que contribuirá a contrarrestar la discriminación múltiple mediante el reconocimiento de sus derechos, especialmente a la accesibilidad, vida independiente, participación y capacidad jurídica. Lo anterior, representará un avance significativo para la materialización del modelo social de la discapacidad en el ámbito público y social.
Por todo lo anterior, la CDHCM enfatiza la necesidad de que desde el diseño los sistemas de cuidados establezcan vinculación con los sistemas de apoyos y asistencias, y que ambos sean diseñados con perspectiva de género con la finalidad de que las mujeres con discapacidad puedan ejercer su derecho a cuidar, ser cuidadas y al autocuidado en igualdad.
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