Boletín 99/2025
26 de septiembre de 2025
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• Este Organismo contribuye a que cualquier institución pueda aplicarla de forma flexible y generar información adecuada, sencilla, comprensible y clara.
El lenguaje sencillo representa un medio efectivo de inclusión e igualdad que beneficia a personas con discapacidad (PcD), a niñas, niños y adolescentes (NNyA), personas mayores, personas con diferentes niveles educativos, hablantes de otras lenguas y a la población en general que necesita información clara, sencilla y útil.
Así lo destacó la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, al presentar la “Guía para la elaboración de documentos adaptados a lenguaje sencillo”.
Apuntó que el lenguaje sencillo abre la puerta a la comprensión, a la acción y a la exigibilidad de los derechos en diversos ámbitos, desde los especializados, que se caracterizan por el uso de lenguaje técnico, como la salud o la justicia, hasta los comunes como la educación o la participación ciudadana.
El propósito de la Guía, indicó, es contribuir al avance en la garantía del derecho a la accesibilidad de la información de personas con discapacidad y de aquellas con dificultades para la lectura y comprensión de textos.
La Ombudsperson capitalina apuntó que el documento retoma algunas de las directrices europeas y las asimila mediante ejemplos que muestran el proceso de ajuste de los contenidos institucionales que se ha denominado “adaptación a lenguaje sencillo”, para contribuir al avance en la garantía del derecho a la accesibilidad de la información.
La CDHCM, aseveró, tomó la iniciativa de publicar esta Guía con base en la experiencia de haber aplicado pautas ortográficas, de estilo, gramática, puntuación y diseño a diversos materiales. El documento pretende contribuir a que cualquier institución pueda aplicarlas de forma flexible y generar información adecuada, sencilla, comprensible y clara.
Ejemplos de documentos de este Organismo en versiones de lenguaje sencillo son informes (Derecho a la vida independiente de personas con discapacidad), consultas a infancias y Recomendaciones (04/2021 sobre derechos violados a personas con discapacidad y 10/2022 sobre derecho de acceso a la justicia de niñas y niños).
Ramírez Hernández enfatizó que no existe solamente un tipo de comunicación fácil de entender, pues comunicarse requiere del uso de diferentes formatos que deben adaptarse a las diversas necesidades. Ajustar los contenidos mediante el uso de estas pautas, se considera una buena práctica y también puede ser un recurso para la accesibilidad de las personas con discapacidad, cumpliendo así con los objetivos de transparencia y no discriminación.
En su intervención, el Subdirector de Agendas por la Igualdad y la No Discriminación de la CDHCM, Marco Antonio Hernández Hernández, destacó que elaborar contenidos editoriales en lenguaje sencillo no sólo facilita el acceso a la información para personas con alguna dificultad lectora o de comprensión, sino que beneficia a todas las personas con o sin discapacidad.
Recordó que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece como horizonte la igualdad y la inclusión, y plantea alcanzarlas mediante la eliminación de barreras: “La Convención reconoce a la accesibilidad como un principio y un derecho”.
Afirmó que las medidas de accesibilidad constituyen una herramienta poderosa para derribar obstáculos y promover la inclusión.
“Las barreras más importantes suelen ser abstractas, inmateriales y poco visibles, pero sus efectos son nocivos, principalmente en cuanto al acceso a la información y a la comunicación, que no se atienden como es debido y pueden permanecer presentes en el tiempo afectando los derechos de manera desproporcionada”, concluyó.
La Guía se podrá consultar en el siguiente link:
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