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Advierten defensores, académicos y expertos sobre riesgos del otorgamiento arbitrario de amnistía

Boletín 95/2024
11 de septiembre de 2024

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En CDHCM, Colectivos de víctimas de violaciones a derechos humanos y Organizaciones Civiles analizan Ley de Amnistía y beneficios por colaboración Más…

El modelo de justicia transicional -al que se aspira entre las consideraciones de las reformas a la Ley de Amnistía-, incorpora un enfoque restaurativo e implica el diálogo social y la inclusión ampliada de víctimas, autoridades y comunidad en general, durante la planeación e implementación para la reparación integral de los daños, destacó la Directora General de Quejas y Atención Integral de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nuriney Mendoza Aguilar.

Lo anterior, durante su participación en el Foro “Ley de Amnistía y beneficios por colaboración en los casos de violaciones a los derechos humanos en México. Diálogo sobre su aplicabilidad, análisis de los avances, retrocesos y propuestas de medidas para su eficacia”, convocado por I(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, A.C.

En la Mesa 1 “Diálogo sobre la Ley de Amnistía”, dijo que cuando hay delitos o violaciones de derechos humanos de manera generalizada -subrayó-, no se puede procesar a todas las personas y hay enjuiciamientos selectivos que, sin embargo, deben considerar los agravios y delitos en el Derecho Internacional y/o Humanitario, como límites infranqueables para la amnistía, con el fin de recuperar la confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

El Oficial de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), Alan García, celebró la discusión del tema en este momento, toda vez que la verdad y la justicia son objetivos complementarios y cuando “hay muchas personas injustamente presas y muchas más impunes”.

La disfuncionalidad en un sistema de justicia hace patente, dijo, cuando las capacidades para investigar las graves violaciones a derechos humanos y delitos, en general, están particularmente mermadas. 

El Codirector del Centro de Investigación de Crímenes Atroces de México, José Antonio Guevara Bermúdez, enumeró la vasta cantidad de herramientas internacionales que coinciden en señalar que las amnistías no son válidas, si lo que buscan es excluir de la responsabilidad penal a quienes cometieron crímenes internacionales.

El profesor investigador de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, Javier Dondé Matute, explicó que la perspectiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) es muy clara en sus análisis de auto-amnistías, amnistías en blanco o amnistías generales -como también las llama la Corte Penal Internacional (CPI)-.

La Directora Ejecutiva de Elementa, Adriana Muro, indicó que esta Ley no ha logrado garantizar la no repetición de violaciones de derechos humanos, pues el Poder Legislativo no ha revisado el origen de los tipos penales relacionados, para que las personas acusadas no vuelvan a ser objeto del punitivismo.

Magdalena López Paulino, de la Red Solidaria contra la Impunidad A.C., insistió en que la Ley de Amnistía debe garantizar integralmente los derechos de las víctimas de violaciones a sus derechos humanos, así como de las víctimas del delito, en estricto cumplimiento del Derecho Internacional.

Humberto Guerrero, de Fundar Centro de Análisis e Investigación A.C., advirtió sobre el riesgo de que la redacción del Artículo 9 sea interpretada como una amnistía general, ante la falta de rendición de cuentas en los casos en los que sea otorgada, así como restricción de los Derechos de Acceso a la Justicia y de Acceso a la Verdad.

Mayra González, del Colectivo Buscando Vidas y Justicia por México, consideró que en un Estado que ha fallado a muchas de las víctimas, es fundamental garantizar que no se dé amnistía a quienes cometieron delitos de alto impacto.

La abogada del Proyecto Libertad de La Cana A.C., Montserrat García, explicó que la amnistía es una herramienta que debe ser compatible con los estándares internacionales y excluir las violaciones graves a los derechos humanos, como los genocidios y los crímenes de lesa humanidad: tortura, desaparición forzada, homicidio, esclavización, deportación y actos de violencia sexual y de género, incluida la violación sexual.

Ángela Guerrero, de CEA Justicia Social A.C., advirtió la trampa de incluir en una ley con objetivos para despresurizar el sistema penitenciario de las personas que estaban privadas de su libertad de manera injusta o indebida, lo cual podría confrontar a las víctimas de las violaciones a derechos humanos con las víctimas del sistema penal.

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