domingo , 29 septiembre 2024

CDHCM emite Recomendación 06/2024 sobre detención arbitraria y tortura sexual en agravio de mujeres jóvenes

Boletín 74/2024
19 de julio de 2024

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Al dar a conocer la Recomendación 06/2024, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, expresó que las detenciones arbitrarias son incompatibles con el respeto de los derechos humanos de las personas y si bien tanto México, como de forma particular la Ciudad de México, cuentan con un marco constitucional que pretende prevenirlas, en la realidad estas prácticas son utilizadas aún de forma habitual.

Lo anterior, a propósito de los hechos que originaron la Recomendación 06/2024, dirigida a la Fiscalía General de Justicia (FGJ) y a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), ambas de la Ciudad de México, en perjuicio de Karla Iztel y Magda -quienes protestaban contra la violencia de la que después fueron víctimas-, así como también de nueve víctimas indirectas reconocidas en el presente instrumento, a las que se le suman dos adolescentes y una niña.

En este caso, indicó Nashieli Ramírez, las detenciones arbitrarias y posterior tortura sexual se cometieron en perjuicio de mujeres jóvenes, integrantes de grupos de atención prioritaria y con interseccionalidades, en el contexto de cumplimentar una orden de cateo.

Destacó que algunas formas emergentes se expresan, por ejemplo, a través de las mercaditas feministas que protestan contra la violencia económica, el pegado de stickers con consignas sociales y algunas expresiones tipo performance en los que se observa una alta presencia de mujeres jóvenes, adolescentes y niñas. Ante ello, la falta de comprensión integral de este tipo de ejercicios, no sólo genera desencuentros y omisiones, sino también una creciente conflictividad social entre los diversos actores sociales.

Agregó que la violencia sexual de la que fueron víctimas Karla Iztel y Magda, es una forma de tortura basada en la discriminación por razón de género en la que se violenta la cuerpa y la libertad de las mujeres por medio de agresiones sexuales de naturaleza oculta, que frecuentemente están acompañadas de estigmatización y revictimización cuando se presentan denuncias o se someten a exámenes médicos.

Por otra parte, sostuvo que el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU señaló en su reciente visita a México, que esta práctica, bajo supuestas figuras de flagrancia, son toleradas más aún frente a delitos tales como el narcomenudeo, en el que bajo la justificación de garantizar la seguridad ciudadana, se llevan a cabo prácticas contrarias a los derechos humanos, por lo que de forma común estas privaciones de la libertad abren la puerta a caminos plagados de irregularidades.

Entre los puntos recomendatorios, la Presidenta de la CDHCM señaló que debe darse seguimiento ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México (CEAVI) para que, tanto las víctimas directas como las nueve víctimas indirectas, queden inscritas en el Registro de Víctimas capitalina.

De igual forma, realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad público dirigido a las dos mujeres víctimas directas, el cual debe ser plenamente satisfactorio para ellas. A la SSC, dar vista a la Dirección General de Asuntos Internos de esa Secretaría con el fin de que se inicien los procedimientos administrativos conducentes a partir de las evidencias documentadas por esta Comisión.

Y a la FGJ, integrar la indagatoria que se encuentra en trámite en la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales, con el fin de que las evidencias documentadas sean consideradas como elementos de prueba para acreditar que los actos de violencia sexual fueron infringidos en contra de las víctimas como una forma de tortura.

En su participación, María Luisa del Pilar García, Cuarta Visitadora de la CDHCM, al detallar los hechos de queja, precisó que la investigación de este Organismo fue realizada con perspectiva de género, enfoque diferenciado y analizando el contexto particular de Karla y de Magda.

Dicho análisis permitió acreditar que fueron víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos, entre ellas, el derecho a la libertad y seguridad personales, específicamente por detención ilegal y arbitraria; al derecho a la integridad personal, particularmente a no ser sometidas a tortura, incluida la tortura sexual durante tareas de seguridad ciudadana y procuración de justicia; además de que se violentó su derecho al debido proceso.

En la presentación de la Recomendación se contó con la presencia de las dos víctimas directas, sus familiares, además de las personas asesoras jurídicas particulares.

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