viernes , 8 noviembre 2024

Palabras de la Presidenta de la CDHCM, Nashieli Ramírez Hernández, en la presentación de la Recomendación 01/2023

 

Discurso 01/2023
10 de enero de 2023 

Amanece doloroso en mi garganta.
El sol despunta
entre las piernas,
nublado y seco.
Alguien busca,
tropieza,
intuye
detrás del vidrio.
Voces
se pasean
por mi ropa,
una mano
las sacude;
mis pies
ya no están,
trato de recordar la puerta
que no atravesaron.
Pruebo dar un paso
pero sólo mis ojos
avanzan
y encuentran
el miedo.

Fragmento de “Amanece”, de Francisca Randazzo, poeta hondureña.

 

Buenos días a todas, todos y todes quienes nos acompañan el día de hoy en la sede de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y a quienes nos siguen a través de la transmisión en vivo por nuestras redes sociales.

Saludo a la Consejera Aidé García Hernández, así como al Consejero Alejandro Brito Lemus, quienes nos acompañan en la presentación de la Recomendación 01/2023, la primera del 2023 relativa a la violencia institucional con motivo de la investigación de casos de violencia familiar y tentativa de feminicidio.

Le doy la bienvenida de manera especial a las víctimas directas e indirectas identificadas en el presente instrumento recomendatorio, quienes están presentes el día de hoy. Entre ellas nombro a Rosario Irene, a Nadia Daniela y a Karla Daniela, quienes son acompañadas por sus hijas, hijos, familiares y amistades.

Una expresión de la violencia de género es la violencia institucional. Esta modalidad de violencia se constituye por actos u omisiones que las personas servidoras públicas de cualquier orden o nivel de gobierno, realizan o dejan de realizar y tiene por efecto una discriminación o dilatación, obstaculización o impedimento en el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, entre ellos el derecho humano de acceso a la justicia y el derecho humano a la vida libre de violencia.

Los casos documentados en la Recomendación 01/2023 corresponden a hechos de violencia de género en el ámbito familiar que, a su vez, configuraron violencia institucional de las obligaciones en la atención a las víctimas de estos hechos. Es decir, que las víctimas acumularon, al menos, dos expresiones de violencia de género.

Desde 2019, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México ha documentado patrones de violencia institucional en la procuración de justicia consistentes principalmente en: irregularidades y deficiencias en las pruebas periciales; omisión de aplicación de las herramientas metodológicas necesarias y obligatorias en las investigaciones, tales como el análisis de contexto, el enfoque diferencial, de género y etario.

Falta o insuficiencia de emisión de medidas de protección a las víctimas o bien del seguimiento y garantía en su implementación. Este último aspecto fue abordado también en la Recomendación General 01/2022 sobre las órdenes y medidas de protección como mecanismo de acceso a la justicia de las niñas, adolescentes y mujeres.

La victimización secundaria de las denunciantes a partir de elementos tendientes a culpabilizar o estigmatizarlas.

Al respecto, es preciso señalar que son justamente estos factores los que provocan que las mujeres víctimas de otros tipos y modalidades de violencia de género no se acerquen a denunciar a las instituciones encargadas de generar un clima de impunidad altísimo que responsabiliza a las mujeres de las violencias y genera un clima de desconfianza.

Además, esta Comisión señaló en su Informe de Actividades 2021 que en el contexto de la pandemia de COVID-19, el confinamiento vino a sumarse como un factor de riesgo para la integridad y seguridad personales de las mujeres, pues a partir de la contingencia se observó un incremento de la violencia contra ellas, especialmente en las modalidades familiar e institucional, y en el tipo de violencia feminicida, mismas a las que hace referencia esta Recomendación.

La violencia en contra de las mujeres cometida por las instituciones encargadas de protegerlas perpetúa las normas y conductas violentas, a la vez que mantiene desigualdades sistémicas entre los géneros y refuerza la cultura patriarcal. El resultado es la falta de transformación de las instancias de procuración de justicia en espacios seguros y confiables para el acceso a la justicia de las mujeres.

El derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia ─reconocido en distintos instrumentos jurídicos internacionales, nacionales y locales─ incluye el derecho a no ser víctima de las diversas modalidades de violencia de género, tales como la familiar y de los diversos tipos: física, económica, patrimonial, obstétrica, simbólica, sexual, feminicida, entre otras.

A su vez, en la interacción de las mujeres con las instituciones. Ellas tienen derecho a no ser víctimas de violencia de género por lo que las autoridades deben adoptar las medidas necesarias, temporales y permanentes para erradicar la discriminación, la desigualdad de género y toda forma de violencia contra las mujeres. A pesar de lo anterior, las autoridades omitieron dicha obligación con motivo del ejercicio de procuración de justicia.

La violencia de género debe de ser comprendida en su integralidad para atender de manera específica cada modalidad y tipo de violencia y responder así a las víctimas en su contexto particular.

La Recomendación 01/2023 establece medidas de reparación integral para las víctimas directas e indirectas de los cinco casos documentados, de modo que se garantice que no habrá impunidad de las violencias infligidas en contra de las mujeres y sus familias, y se rompa con las normas socioculturales y los roles de género que perpetuan la desigualdad y violencia en contra de las mujeres.

En función de lo anterior y con base en los hechos documentados y narrados por la Cuarta Visitadora General, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México dirige la Recomendación 01/2023 a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en su calidad de autoridad responsable y establece como puntos recomendatorios los siguientes:

PRIMERO. Coadyuvar con la CEAVI a fin de que las Víctimas Directas e Indirectas reconocidas en el presente instrumento queden inscritas en el Registro de Víctimas de la Ciudad de México. De igual manera, promover e impulsar ante esa Comisión Ejecutiva que las medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención e inclusión sean proporcionadas a las víctimas atendiendo a las necesidades y particularidades de cada caso.

SEGUNDO. Coadyuvar y dar seguimiento para que la CEAVI integre los expedientes correspondientes de las Víctimas Directas, así como de las Víctimas Indirectas reconocidas en la presente Recomendación, con el fin de que esa Comisión Ejecutiva pueda proceder a la determinación de los planes de reparación integral conforme a los parámetros establecidos en el instrumento y atendiendo a los principios de máxima protección, debida diligencia y no victimización secundaria.

TERCERO. Bajo el principio de debida diligencia y deber reforzado de protección, la Fiscalía realizará las siguientes acciones encaminadas a que las Víctimas Directas puedan ejercer sus derechos a la verdad y a la justicia para que los delitos cometidos en su contra no queden impunes.

La Fiscalía de Investigación del Delito de Violencia Familiar realizará las gestiones necesarias para extraer del archivo las carpetas de investigación vinculadas con el Caso 2 para continuar con su integración. Asimismo, presentará tanto a la Víctima Directa del caso citado, como a esta Comisión, el plan integral de investigación aplicando la perspectiva de género, el enfoque de interseccionalidad diferencial y el enfoque especializado.

La Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Feminicidio presentará a la Víctima Directa del Caso 4, así como a la Comisión un plan integral de investigación que se integra por la comisión del delito en agravio de la Mujer Víctima Directa del caso aplicando la perspectiva de género y los enfoques de interseccionalidad, diferencial y especializado.

La Fiscalía de Investigación de Delitos Cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes presentará a las Víctimas Directas e Indirectas de los Casos 1 y 5 y a la Comisión, un plan integral de investigación para cada una de las indagatorias en agravio de las víctimas citadas aplicando las perspectivas de género y de infancia para garantizar el interés superior de la niñez.

El personal ministerial ordenará que se practique a las Víctimas Directas del Caso 1 y 2 las valoraciones de riesgo de manera periódica con el fin de que las medidas de protección ordenadas en su favor sean acordes e idóneas a la evolución de la situación de riesgo documentada en cada caso específico para su debida salvaguarda.

Gestionará que se asigne tanto a las Víctimas Directas como a las Víctimas Indirectas que así lo requieran una persona asesora jurídica victimal.

La Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales correspondiente rendirá un informe del estado procedimental de las carpetas judiciales vinculadas con los hechos denunciados en las carpetas de investigación correspondientes al Caso 3 y presentará a la Víctima Directa, así como a la Comisión un plan estratégico de litigación para los procedimientos judiciales.

CUARTO. Dará vista a las instancias competentes para que se investiguen las responsabilidades administrativas y/o penales de las personas servidoras públicas de las que se acreditó su participación y establecerá con la autoridad correspondiente su disposición para aportar la información que considere pertinente para la debida integración de las investigaciones. Dichas acciones serán informadas al Programa de Lucha contra la Impunidad de la Dirección Ejecutiva de Seguimiento de esta Comisión.

QUINTO. La Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos diseñará un plan de investigación para cada una de las indagatorias iniciadas por los hechos acreditados, así como las iniciadas en su momento para los Casos 2 y 4, en el cual se debe de contemplar lo siguiente:

Que el proceso de investigación se desarrolle bajo los estándares de debida diligencia, deber reforzado de protección, imparcialidad y efectividad.

Que las diligencias que se definan en dicho plan estén orientadas a materializar y garantizar el proceso penal.

Un cronograma de reuniones periódicas y que se incorpore la presente Recomendación a las Carpetas de Investigación preexistentes radicadas en la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos, vinculadas con los Casos 2 y 3 para la valoración ministerial correspondiente.

SEXTO. La Fiscalía realizará un acto de reconocimiento de responsabilidad, el cual deberá ser plenamente satisfactorio para las Víctimas Directas e Indirectas.

SÉPTIMO. La Fiscalía deberá elaborar el protocolo pendiente para la Investigación Ministerial, Policial y Pericial de los Delitos Contra el Derecho de los Integrantes de la Familia a Vivir una Vida Libre de Violencia que establezca lineamientos para la oportuna, adecuada, eficiente y eficaz actuación del personal, el cual debe incorporar los estándares internacionales sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la erradicación de toda forma de discriminación hacia la mujer

Asimismo, el Protocolo deberá contemplar medidas especiales para garantizar la participación y protección efectiva de niñas, niños y adolescentes en el proceso penal, mismas que deberán ser acordes a su desarrollo y contar con un acompañamiento especializado e incorporará la obligación del personal ministerial de las Fiscalías de Investigación Territoriales a iniciar una investigación relacionada con Delitos Contra el Derecho de los Integrantes de las Familias a Vivir una Vida Libre de Violencia.

Agradezco al personal de la Comisión que bajo la dirección de la Cuarta Visitadora General llevó a cabo la investigación y determinación de las violaciones a derechos humanos que motivan la Recomendación que hoy se presenta y se emite.

Asimismo, reconozco las aportaciones vertidas por parte de los equipos de trabajo de este organismo público protector de derechos humanos, tales como la Secretaría Ejecutiva, la Dirección Ejecutiva de Seguimiento, la Dirección de Atención Psicosocial, la Dirección Ejecutiva de Promoción y Agendas en Derechos Humanos y la Dirección General de Administración.

De manera especial, quiero agradecerles a las Víctimas Directas e Indirectas por la confianza depositada en esta Institución para la atención de los casos, la investigación, la documentación y su determinación desde un enfoque de derechos humanos. Sabemos que éste no es el final del proceso para el acceso a la justicia y la reparación del daño, sin embargo, es el proceso necesario para su materialización.

En estos momentos, mientras hacía lectura de esta Recomendación se está entregando a la autoridad correspondiente la Recomendación, esperando que sea aceptada y sea trabajada con nosotros a partir de ahora.

Antes de concluir, permítanme aprovechar este momento para que, junto con ustedes, hacer un reconocimiento: en estos momentos en las instalaciones del CUC, cerca de la Universidad Nacional Autónoma de México, a siete semáforos de aquí, están despidiendo y están velando a Miguel Concha Malo.

El padre Concha, como muchos y muchas de ustedes lo conocen, fue fundador del Fray Francisco de Vitoria de Derechos Humanos y durante muchos años, de hecho, hay muchas víctimas aquí que acompañan a las víctimas que están aquí presentes, que llevaron sus casos inicialmente apoyados por esa institución, en general y específicamente por Miguel.

Estoy segurísima que, así como ahora en ese lugar hay muchísimos defensores y defensoras de derechos humanos, gente de la comunidad a la cual atendía y sigue atendiendo el CUC y quienes ahí trabajan, estarían verdaderamente complacidos de que estemos celebrando su vida y su despedida de este plano presentando una Recomendación.

Y permítanme compartirles algunas de las cosas, pocas, muy pocas, porque él tiene muchísimos años, porque no se puede entender la defensa de los derechos humanos desde el ámbito de la sociedad, sino se habla de Miguel Concha. Naturalmente tiene muchísimas cosas y ha tenido durante toda su vida…, bueno, él vivió 77 años, pero dedicó como 50 a hacer este trabajo de defensa. Y en esa defensa, el trabajo por las mujeres a una vida libre de violencia, la violencia feminicida y en contra de eso, fue algo muchísimo muy importante.

Permítanme nada más compartirles que el pasado 25 de noviembre escribía…, él escribía semanalmente una columna y escribía exactamente sobre la violencia. Permítanme compartirles qué decía alrededor de esto:

“Cuando hablamos de una vida libre de violencia, debemos comprender que la violencia se encuentra en diversos espacios, desde los públicos hasta los más íntimos, pues es parte de las estructuras socioculturales e históricas de las sociedades y Estados-nación.

Por ende, atender la violencia de género contra las mujeres no sólo debe ceñirse a modificar las condiciones económicas, políticas e históricas, sino a apostar por transformar los patrones culturales e interpersonales para promover relaciones más equitativas, basadas en el respeto, la empatía y el reconocimiento entre las personas.

Entonces, ¿cómo logramos esas transformaciones sociales profundas? ¿Cómo convertimos la estructura patriarcal basada en la violencia a un sistema más equitativo y justo para todas, todes y todos? Luchando y caminando hombro a hombro, de la mano con las víctimas de la violencia feminicida y siendo solidarias y solidarios con sus causas, podrían ser algunas pistas.

Recordar las historias de mujeres que han luchado por mundos más justos, conmemorar a las mujeres a quienes les fue arrebatada su vida y de quienes resisten día a día contra la violencia estructural, serán armas para cambiar nuestras realidades… No sólo debería ser una fecha donde se visibilice a gran escala esta problemática aún existente, sino que debería ser el momento para decir que ya no existe más, que las madres buscadoras están a salvo y con sus hijas e hijos en sus hogares, que las defensoras de derechos humanos ya no están litigando los casos de violencia feminicida porque la justicia incorpora la perspectiva de género de manera adecuada y eficiente, y que esos sucesos ya no existen más porque las mujeres viven libres y sin miedo.

Que este 25 de noviembre, y todos los días, tenga la potencia para trastocar a quienes perpetúan la violencia feminicida y logren reflexionar, para que ya no nos falte ninguna y que la justicia para una, sea justicia para todas”.

Esto lo escribía el 22 de noviembre, alrededor del 25 de noviembre del año pasado. Y este sábado escribía sobre lo que había pasado en la Suprema Corte de Justicia. Tenemos por primera vez una Presidenta Ministra de la Suprema Corte, y concluía esto que nos compartió este sábado diciendo:

“Que este logro histórico sea una oportunidad de cambio y transformación social para una justicia donde quepan muchas justicias, y para la construcción de un país más digno, justo y en paz”.

Estas son palabras de Miguel Concha, a quien, desde la Comisión de Derechos Humanos, aliado siempre de esta Comisión, Consejero, integrante de su primer Consejo, despide con cariño. Para ello les pido un aplauso.

Y retomando el tema, agradezco a las víctimas el espacio que nos dan para compartir con ustedes este momento con Miguel.

Gracias.