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Para la FMOPDH el PIN Parental pone en riesgo el ejercicio progresivo de los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes en el país

Boletín 133/2020
27 de septiembre de 2020

La Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) considera que el denominado PIN Parental contraviene los principios constitucionales de la educación en nuestro país, impide la progresividad de los derechos humanos y representa la franca regresión en su ejercicio.

En un pronunciamiento, enfatizó que favorece la obstaculización del derecho a la salud y desarrollo integral, incluida la sexual y reproductiva, y la información para prevenir y atender la violencia de género, en sus dimensiones de información y no discriminación.

El PIN Parental amenaza también la posibilidad de construir espacios abiertos al diálogo y dispuestos a la inclusión y reconocimiento de las ideas diversas como parte de los valores democráticos.

La FMOPDH, presidida actualmente por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), comparte los posicionamientos tanto del Poder Legislativo y Ejecutivo Federales en los que manifiestan su rechazo.

Los 33 Organismos Públicos de Derechos Humanos que conforman la FMOPDH hicieron un llamado a los Poderes Legislativos y Ejecutivos de las entidades federativas a desechar o no publicar, respectivamente, los proyectos en la materia cumpliendo así con su obligación de proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes (NNyA) de acuerdo con los compromisos internacionales que México ha asumido.

En especial, los contenidos en los Artículos 29 de la Convención de los Derechos del Niño y 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los cuales establecen que, con independencia de las consideraciones éticas o morales de quienes ejercen la patria potestad, tutela, guarda o custodia, los propósitos de la educación deben asegurar, proteger y dar a conocer a NNyA sus derechos y la forma de ejercerlos.

El papel del sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos en el país en este asunto es primordial y fundamental para poner en marcha el sistema de pesos y contrapesos en un contexto de respeto al Estado constitucional y democrático de derecho.

El pasado 22 de mayo fue aprobada la reforma a la Ley de Educación para el Estado de Aguascalientes y establece la obligación de la autoridad educativa estatal de dar a conocer de manera previa a madres y padres el contenido de los planes de estudio, programas, cursos, talleres o actividades que tengan temáticas sobre moralidad, sexualidad o valores, con la finalidad de que, quienes ejercen la patria potestad de niñas, niños y adolescentes otorguen el consentimiento de acuerdo con sus convicciones éticas, morales y religiosas, para que sus hijos e hijas participen o no en las actividades escolares.

Iniciativas semejantes han sido discutidas en los Congresos de Nuevo León, Chihuahua, Chiapas, Ciudad de México, Querétaro, Veracruz y Puebla, mientras que se prevé que serán presentadas en Baja California, Yucatán, Oaxaca y Tamaulipas.

En días recientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  admitió a trámite la tercera Acción de Inconstitucionalidad que busca impugnar el llamado PIN Parental en Aguascalientes. Dicha acción fue presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y, con seguridad, será acumulada a los dos recursos de control constitucional presentados previamente por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y el grupo de 11 diputados de minoría en el Congreso local.

En este contexto, la FMOPDH coincide con los señalamientos de inconstitucionalidad de tales reformas y se pronuncia a favor del ejercicio de la facultad de interponer recursos de control de constitucionalidad, en contra de las modificaciones legislativas en materia educativa contrarias a los principios de la educación en México, con la finalidad de garantizar los derechos de NNyA en el país, contemplando en todo momento los enfoques de derechos humanos, de género, especializado y diferenciado en el marco de la igualdad sustantiva.

 

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