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La CDHCM hace un llamado a garantizar la reparación integral del daño a las víctimas de tortura y a la armonización legislativa en la materia

Boletín 80/2020
25 de junio de 2020

La tortura es una de las violaciones a derechos humanos más atroces y su prohibición es una de las obligaciones internacionales considerada parte del orden público mundial que no admite pacto en contrario. Su práctica ha sido catalogada como crimen de lesa humanidad y, dependiendo el contexto de su aplicación, también es calificada como un crimen de guerra en caso de llevarse a cabo en situaciones de conflicto armado.

Este delito y violación a derechos humanos lo cometen las personas servidoras públicas, ya sea porque no lo impidieron aun cuando conocían que sucedía, porque participaron en él o porque cometieron de lleno la conducta.

Desde hace más de 25 años, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) conoce de quejas en las que se narran hechos posiblemente constitutivos de tortura, mismas que han derivado en la emisión de 71 Recomendaciones por tortura dirigidas, en su mayoría, a la ahora Fiscalía General de Justicia (FGJ), la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Secretaría de Gobierno, por depender de ella el Sistema Penitenciario.

Del total de Recomendaciones emitidas, 66 han sido aceptadas. Tan sólo en los dos últimos años, este Organismo ha publicado 16 Recomendaciones por esta grave violación a los derechos humanos de las personas, mismas que dan cuenta de los principales patrones a partir de los cuales se comete. Cada una concentra un número significativo de víctimas. En su mayoría, los hechos que han motivado las Recomendaciones recientes son previos al 2019.

Los 71 instrumentos recomendatorios están orientados a satisfacer el derecho a la verdad y justicia de las víctimas directas e indirectas, es decir, a garantizar la reparación integral del daño que han sufrido 903 víctimas de tortura reconocidas en ellas.

De enero de 2012 a abril de 2020, se han presentado 929 quejas, de las cuales 370 continúan en investigación. Las 929 quejas que se han interpuesto incluyen a más de 1,431 personas que señalan haber sido víctimas de tortura, de las cuales más del 78% son hombres; no obstante, las mujeres son más propensas a ser víctimas de tortura sexual, por lo que la perspectiva de género y el enfoque diferenciado siempre deben de estar presentes tanto en el diseño de las medidas de prevención como en las de investigación y sanción de la tortura.

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura (26 de junio), la CDHCM hace un llamado a las autoridades capitalinas a robustecer tanto a la Fiscalía General de Justicia como a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a fin de que puedan realizar investigaciones diligentes y científicas, con lo cual se reduciría exponencialmente la práctica de la tortura cometida por personas servidoras públicas adscritas a estas instituciones.

Asimismo, es necesario fortalecer la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la FGJ, así como la Dirección General de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, para que se sancione a las personas responsables de tortura.

Por su parte, el Sistema Penitenciario debe agilizar las medidas internas para que las personas servidoras públicas responsables de la custodia de las personas privadas de libertad no realicen actos de tortura, considerando que esta población se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad al estar bajo sumisión plena a la autoridad.

México es parte de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, tratados internacionales que definen lo que es la tortura e imponen una serie de obligaciones enfocadas en la prevención de esta conducta, así como la sanción de las personas responsables y la reparación de las víctimas.

Como parte de esos compromisos, el 26 de junio de 2017 se publicó la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la cual es aplicable también en la Ciudad de México. En ella se establecen los delitos de tortura, de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y de conductas vinculadas a estos delitos.

En la Ciudad de México, está pendiente concluir con la armonización legislativa en función de la Ley General en la materia, de modo que esto contribuya a la prevención, investigación y sanción de esta grave violación a los derechos humanos que impacta significativamente la vida de las víctimas.

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