Boletín 82/2020
27 de junio de 2020
El 27 de junio se conmemora el Día Internacional de la Sordoceguera, derivado de la firma de la Día Internacional de la Sordoceguera en 1989, en Estocolmo, Suecia, en homenaje a la activista Hellen Keller.
La sordoceguera es una discapacidad sensorial múltiple y su principal forma de comunicación es a través de un sistema en el que se incorporan tres elementos: la lengua de señas transmitida a través del tacto de la persona sordociega, el alfabeto manual o dactilológico sobre la palma de la mano y un código táctil en la espalda.
En México no se cuenta con datos específicos sobre personas sordociegas; sólo lo que se puede derivar del cruce de información entre discapacidad visual y auditiva. Sin embargo, sabemos que enfrentan múltiples barreras de comunicación, lo cual dificulta su derecho a la información, así como a la salud y a la educación.
Estas barreras pueden acentuarse durante la emergencia sanitaria por COVID-19, teniendo repercusiones en el acceso a la información sobre medidas sanitarias o la educación a distancia, si no se asegura que se imparta a través de los modos y medios de comunicación más apropiados para las personas sordociegas, impulsando el alcance de su máximo desarrollo académico y social.
Recientemente, la organización Yo También, realizó una encuesta a personas con discapacidad durante la emergencia sanitaria, en la que participaron 2,244 personas, de las cuales, 42% afirma no estar en ningún curso educativo. Esto es sólo un ejemplo de las barreras a las que se están enfrentando las personas con discapacidad, y que se agrava cuando se trata de discapacidades múltiples.
La educación inclusiva reconoce que todo niño, niña y adolescente tiene condiciones, necesidades, intereses y formas de aprendizaje diversas que deben ser atendidas y potenciadas por el sistema educativo: se trata de pluralizar y diversificar la educación. Para hacerlo efectivo, será necesario que desde las instituciones públicas se trabaje en coordinación con las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), personas expertas y principalmente, que se consulte y colabore con las personas con discapacidad, para dar cumplimiento con el contenido del Artículo 4.3 de la Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidades.
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) considera necesario que, como parte de la implementación de medidas para la denominada nueva normalidad, se generen estrategias y alternativas para una educación inclusiva en la que se garantice la participación plena de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, incluyendo a las discapacidades múltiples, como la sordoceguera.
Versión PDF