Entrevista 31/2019
14 de junio de 2019
Pregunta (P): Sobre el tema de desapariciones, aquí en la Ciudad de México se han estado registrando desapariciones de menores de edad, ¿tiene la Comisión el registro, de por lo menos en lo que va del año, cuánto se ha incrementado?
Nashieli Ramírez Hernández (NRH): Sí, sí tenemos, y de hecho estamos preocupados por la primera respuesta. Yo creo que lo que está viniendo abonándose en los últimos días tiene que ver, de entrada, en cómo tenemos que afinar la cadena de custodia. Ese es un ramo. Y la otra es cómo activamos, no nada más para personas menores de edad, porque ahí tenemos la Alerta Ámber, sino que sobre todo para los mayores de edad también, los mecanismos de pronta búsqueda, que estamos viendo como fallas en esa parte. Las primeras 49 horas, 24 horas, lo sabemos, son fundamentales para cualquier desaparición, y entonces creemos que tendremos que estar afinando y vamos a mandar algunos señalamiento alrededor de eso.
P: En el caso de los dos jóvenes que fueron secuestrados y asesinados, ¿la Comisión ya emitió alguna Recomendación?
NRH: Nosotros primero antes de emitir Recomendación abrimos queja. Tuvimos contacto con los familiares de Norberto. Los familiares de Norberto nos pidieron que en este momento ellos no querían aperturar ninguna queja en la Comisión, y quedamos atentos a que cuando ellos consideren necesario hacerlo nosotros los atenderemos. Eso no quita lo que estamos viendo en términos de lo que te estaba diciendo. Estamos viendo problemas en lo que se llama cadena de custodia, el cómo llegas a las escenas, preservas las escenas para poder tener evidencias, porque esas evidencias son las que te pueden llevar a la justicia o te pueden negar la justicia.
P: ¿Con la respuesta de la autoridad local ya ustedes tuvieron algún tipo de acercamiento?
NRH: Para estos casos en específico no…, para el caso de cadena de custodia es algo que reiteradamente estamos en contactos con ellos, y, como te digo, estamos ya armando un pronunciamiento específico que tiene que ver con cadena de custodia. Pero en la queja en términos de Norberto, estamos buscando igual ya contactarnos con la del joven de ayer y vamos a esperar a que nos diga la familia si quiere o no que la Comisión los acompañe.
P: Ante la crisis de migrantes y que se va a venir una crisis mayor en el país, y también aquí en la Ciudad de México, ¿cuáles son las recomendaciones que hace la Comisión para proteger tanto a niños migrantes como a las mayores?
NRH: De entrada nosotros acabamos de emitir un Protocolo de Atención Humanitaria. Lo que nosotros decimos es: cumplamos las leyes, la Ley de Migración, en el caso de la Ciudad, la Ley de Interculturalidad y Movilidad, la propia Constitución. ¿Y qué nos demanda esto? Altos estándares en la atención, y en específico en niños es alto a la detención. No es legal que los niños estén en las estaciones migratorias. Los niños y todos los menores de edad tienen que tener otro tratamiento diferente, hasta ni siquiera si tuvieran procesos en cuestión de deportaciones. Entonces volvemos a decir, la semana pasada hubo ya un pronunciamiento judicial en términos de la liberación de niños no nada más en Las Agujas, que está aquí en la Ciudad de México, sino en otros centros de detención, y la Comisión acompaña esa determinación y el señalamiento de que los niños no pueden estar detenidos bajo ninguna circunstancia.
P: Sí está preocupante si México se vuelve en un tercer país seguro, que en 46 días se va a saber, pues no se va a dar abasto ni la Ciudad de México como para estar recibiendo o teniendo aquí a migrantes, ¿cómo ven ustedes en materia de seguridad, de atención?
NRH: Nosotros creemos que tenemos la capacidad. La respuesta local de esta Ciudad es diferente a la que ha dado el país entero en todos los puntos en donde ha habido migrantes, y esto se debe a que de entrada en nuestra Constitución marca que tenemos que atender tanto a los que habitan como a los que transitan en la Ciudad de México, tanto a los que vienen de Chalco como a los que vienen de Chiapas, o los que vienen de Honduras. Es decir, esa es una parte fundamental de la Constitución, que además marca a la población migrante como una población de atención de migrantes especiales. Por darte un ejemplo, tenemos en la Ciudad 145 programas de bienestar social en general, más o menos es lo que están reportando; de esos, 21, que son bastantes, tienen ya en sus reglas de operación, o sea, no es gasto adicional, que la población migrante puede hacer uso de ellos. Cosas tan sencillas como si tú puedes y si necesitas los comedores comunitarios que te cobran 10 pesos por comida, también si eres una persona migrante puedes acceder a eso como población de alta prioridad. No se gasta más, se gasta lo que hay.
En una Ciudad en donde tenemos, entre los que circulan y los que viven, 20 millones, la verdad es que lleguen 10 mil, pues ni el Estadio Azteca nos llenan. Sí podemos. Aquí yo creo que el problema más bien es cómo este tipo de dinámicas que lo que marcan es que no gastes más, sino de lo que tienes, como decimos los mexicanos: “No hagas espagueti, está el arroz, al frijol échale más agua” sea realidad, y que no implique tener y desviar recursos diferentes. Lo que se ha hecho en la Ciudad es que no se tiene a gente, o no se tiene una estructura que diga: “Esta es la estructura que atiende a migrantes”. Lo que hace la Ciudad de México, en el Protocolo está señalado, es que activas lo que hay y haces que parte de esas cosas igual sean para una atención que además es una atención emergente.
Lo que tú estás planteando implica un reto más profundo. Aquí estamos hablando todavía de la Ciudad en sus características de primera acogida; es decir, esta parte de tránsito, esta parte de transición. Hay que reflexionar, y en eso estoy de acuerdo contigo, en qué va pasar si vamos a estar en albergues que ya no son de primera acogida, sino que son un poco más permanentes, y ahí la clave está en la reinserción, y en esta reinserción la clave está en el empleo; y entonces la clave está en que si tú quieres tener y soportar algo así en una dinámica a mediano plazo tendrás que tener estrategias de reinserción social que empiezan con reinserción laboral.
P: Hablando de la Ciudad de México y de la Constitución de la Ciudad de México, ¿qué opinión tiene la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal conforme a la reforma al Artículo 60 a la Ley de Derechos Humanos?
NRH: De entrada nosotros planteamos que había ahí una…, que tenía problemas de una redacción que permitía una interpretación que era una interpretación incorrecta. No era una Ley pro invasores. No era una Ley que permitiera que la gente pudiera no recuperar su departamento si no le estaban pagando la renta. No. Es una Ley que apoya básicamente que no haya desalojos forzados en la Ciudad. No desalojos en general, desalojos forzados. Es decir, los que derivan básicamente de arbitrariedad o de una mala administración de justicia. Entonces aquí lo que vimos en relación al Artículo 60 es que ante las modificaciones que se hicieron bajamos el nivel de protección. ¿A qué? Y acabamos de tener esta semana, ustedes lo han venido reportando, el ejemplo del edificio en el Centro con estas personas adultas mayores que estaban siendo víctimas de ser desalojadas de este edificio, donde tenían viviendo más de 50 o 60 años. De eso estamos hablando, de ese tipo de población; y el Artículo 60, como estaba, lo que hacía era proteger a ese tipo de población.
No tenía nada que ver con derecho patrimonial. No tenía nada que ver con que si se iba a permitir que se alojaran, por ejemplo, en nuestras áreas de conservación. ¿Por qué? Porque la Ley continuaba. O sea, si tú tienes un debido proceso y hay una orden judicial, administrativa, dentro del Código Administrativo y el Código Penal que señale que eso se tiene que desalojar, eso se tiene que cumplir. El Artículo 60 no iba en ese tono. Yo creo que ahí había este hilo de interpretación. La posición de la Comisión era que era una interpretación. El Congreso se quedó entre dos posiciones, unos que definitivamente querían derogarlo y la modificación que se hizo, que queda un poco baja en términos de la visión de protección, pero clarifica que no es cierto que se permitan invasiones ni nada de eso.
P: Por ejemplo ahora que ya no está estipulado como una obligación por parte del Gobierno de la Ciudad de reubicarlo, ¿qué opinión tiene sobre esto?
NRH: Sí está señalado, por eso se matizó. El derecho a la vivienda no es un derecho en términos…, no es un derecho como el que vemos, por ejemplo, con el derecho al agua. Es un derecho progresivo, en donde el foco del Estado es la gente que no tiene; o sea, básicamente de alta vulnerabilidad, el Estado tiene que desarrollar estrategias para que tengan vivienda. No que se le regale, para que tenga vivienda. Ahí están los programas sociales, los programas de apoyo, las rentas, el tipo de financiamiento a bajo costo, etcétera, o el tipo de esquemas que hasta en el programa de reconstrucción se están haciendo. Entonces eso es como tenemos que ver el derecho. Entonces como quedó en el Artículo es que básicamente que progresivamente tendría que atender. A nosotros nos hubiera gustado que estuviera especificando a quién tendría que atender, a personas mayores, a personas con discapacidad, a personas en estricta pobreza para que exactamente se hubiera fortalecido el desarrollo de programas. De todos modos viene en la Constitución. Si eso lo hubiera establecido, y eso se los digo, si hubieran logrado derogar el Artículo, nosotros teníamos muy claro que íbamos a inconstitucionalidad porque es regresión de derechos.
P: ¿Las cifras de cómo andan de desaparecidos…?
NRH: Las quejas…, ahorita te digo…, aquí estamos hablando de personas menores de edad…, tenemos, del 2010 al 2019, 73 casos de niñas, niños y adolescentes vinculados al Centro de Atención de Personas Extraviadas o Ausentes (CAPEA) de la Procuraduría General de Justicia. ¿Qué son las cuestiones que motivaron la queja con relación a estas 73? Es la falta de información adecuada sobre las acciones a realizar o realizadas para la búsqueda y localización de niñas, niños y adolescentes; el maltrato a las personas denunciantes o falta de atención integral, esta lógica de “se fue con el novio”, “está enojado contigo”, y etcétera; negativa de tomar la denuncia y/o iniciar la carpeta de investigación de manera inmediata, de manera súper importante; omisiones para la determinación y/o implementación de medidas de protección; negativa a realizar actos de búsqueda y/o localización; intervención deficiente en casos vinculados a la sustracción por parte de familiares; falta de articulación para la investigación de los hechos coordinados por diversas Fiscalías; negativa a iniciar la Alerta Ámber, programa orientado a la difusión de personas extraviadas; deficiencias en la debida diligencia, como por ejemplo, el resguardo de grabaciones y todo lo demás para poder promover la investigación.
Esos son los elementos que plantean cuando hay una queja relacionada con esta falta de debida diligencia en cuestiones de extraviados. Vuelvo a repetir, ¿qué nos llama la atención ahorita de lo que está pasando? Uno, es que sí hay que afinar los protocolos de búsqueda inmediata. ¿Por qué? Porque ahorita tenemos una Alerta Ámber que, si se acuerdan, el año pasado, más o menos en mayo o por estas fechas, se cambiaron los protocolos de Alerta Ámber, y no tienen por qué irse con estos pretextos y tienen que activarla de manera inmediata.
Aquí tendríamos que estar viendo tanto la alerta especial que hay para mujeres, como la alerta en general de personas desaparecidas, que permita que esto se active de manera inmediata y que podamos tener mayores posibilidades de recuperación con vida.
P: Y es que ahora ya se llevan a las niñas en el Metro, yo creo que se está incrementando ya también…
NRH: Y eso llama la atención exactamente a algo que hay que atender, hay que atender cómo activamos de manera inmediata los protocolos de búsqueda. Gracias.