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Es fundamental el reconocimiento constitucional de las personas y pueblos Afromexicanos para garantizar y proteger sus derechos

Boletín 81/2019
10 de mayo de 2019

El pasado 30 de abril, el Senado de la República aprobó el Dictamen por el que se adiciona el Apartado C al Artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través del cual se reconoce a las personas y pueblos afromexicanos. El Dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados que, como órgano revisor, deberá enviarlo de regreso al Senado.

Para la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), de aprobarse dicha adición constitucional, se estaría ante un momento histórico como nación pues se daría un avance importante para subsanar la deuda de más de 400 años de invisibilidad y exclusión del pueblo afromexicano.

La población afrodescendiente en nuestro país padece una situación de discriminación estructural que se traduce en la notoria desigualdad en el ejercicio de sus derechos humanos en lo individual, sobre todo en materia de salud y educación. Sin embargo, la afectación es también colectiva pues no se ha reconocido su patrimonio cultural como pueblo mexicano ni su territorio.

De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015 -en la que por primera vez se obtuvo información sobre afrodescendencia- en la Ciudad de México el 1.8% de la población se identifica como tal. Las Alcaldías con mayor porcentaje de población afrodescendiente son: Tláhuac, Benito Juárez, Coyoacán y Cuauhtémoc.

Desde hace muchos años, las organizaciones y colectivos de personas afrodescendientes, acompañados de instituciones públicas y académicas, han exigido el reconocimiento constitucional, sin que hasta ahora se tradujera en una realidad.

En el país, la Constitución Política de la Ciudad de México fue la tercera en reconocer los derechos de las personas afrodescendientes, a la cual le siguió Veracruz. Las dos primeras fueron Oaxaca y Guerrero y, aunque en legislaturas pasadas fueron presentadas iniciativas para lograr el reconocimiento constitucional nacional, ninguna prosperó.

Cabe destacar que las deudas pendientes del Estado mexicano hacia la población afromexicana –entre ellas la del reconocimiento constitucional- fueron expresadas en octubre pasado por un grupo de organizaciones durante la celebración del 169 Período de Audiencias convocado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Las exigencias entonces planteadas ante el Estado mexicano fueron encabezadas por el reconocimiento constitucional.

El día de ayer, se llevó a cabo una segunda audiencia solicitada por organizaciones afro cuyo tema es “El criterio racial en el censo 2020 de México”, sin duda los resultados de lo ahí expuesto serán útiles a la luz del contexto de aprobación de la Reforma Constitucional.

Ahora, la Cámara de Diputados tiene la responsabilidad ineludible en el cumplimiento de este importante pendiente, lo que sentará las bases para contar con una adecuada legislación secundaria y el subsecuente diseño de políticas públicas para subsanar de manera progresiva la brecha de desigualdad, incorporando medidas específicas tanto en el Sistema de Planeación Democrática y Prospectiva como en el Sistema de Derechos Humanos.

 

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