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La CDHDF reconoce la importancia de determinar con claridad la vía de acceso a la justicia para víctimas de derechos humanos y delitos que no han podido acceder al FAARI

Boletín 38/2019
17 de marzo de 2019

El pasado viernes 15 de marzo, fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación una tesis de jurisprudencia que sostiene el criterio de que el procedimiento de reclamación por omisión de acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (FAARI) es de naturaleza administrativa.

Ese criterio deriva de una contradicción de tesis entre dos Tribunales de Circuito en los que se dirimía si los amparos por la omisión en el acceso a tal fondo, correspondían a la materia penal o administrativa.

Mediante este criterio, se deja claro que aquellas personas que sean víctimas de una violación a derechos humanos o de algún delito y que, como consecuencia de ellos busquen reclamar la omisión o dilación en el proceso administrativo para acceder a los fondos a que tienen derecho, pueden interponer un amparo ante la autoridad judicial en materia administrativa.

Si bien la interposición de un amparo indirecto por tal razón resulta una carga innecesaria y, con frecuencia, desproporcionada para las víctimas en medio de un proceso administrativo y personal desgastante a causa de la afectación  directa de violaciones graves a los derechos humanos, la claridad sobre la vía a la que pueden recurrir si la autoridad es omisa en otorgar los fondos respectivos es un elemento que les favorece.

Los recursos económicos que se brindan con motivo de una violación a derechos humanos para sobrellevar el proceso y conseguir la legítima reparación del daño son fundamentales para que las víctimas se vean compensadas mínimamente por el daño que han sufrido.

En el contexto de un número creciente de víctimas en nuestro país hacia quienes el Estado mantiene una deuda pendiente por la alteración de sus proyectos de vida y la afectación a la esfera más íntima y personal, así como de la instalación de la Comisión de Víctimas en la Ciudad de México, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) considera un acierto la decisión del máximo órgano de justicia en el país pues dota de certeza a las personas respecto de los medios para el acceso efectivo a la justicia.

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