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CDHDF conmemora el Día Internacional del Trabajo Doméstico

Boletín 103/2018
21 de julio de 2018

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) se suma al reconocimiento del trabajo doméstico y hace un llamado para garantizar los derechos de quienes desempeñan esta labor.

El Día Internacional del Trabajo Doméstico se conmemora desde 1983 el 22 de julio con el objetivo de revalorizarlo y visibilizar las condiciones que este grupo de población enfrentan, derivadas de las múltiples discriminaciones que restringen sus derechos.

En México, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), señala que 4.8% del total de la población ocupada se dedica al trabajo doméstico remunerado. Asimismo, destaca que 90% del trabajo doméstico lo realizan las mujeres, porcentaje que se incrementa cuando se trata de ocupaciones que implican el cuidado de otras personas, cocinar, lavar o planchar.

Sobre el trabajo doméstico no remunerado, si bien la ENOE no precisa este dato, la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo 2014 (ENUT) señaló que de cada 10 horas que las personas de 12 años y más destinan al trabajo, poco más de cinco horas (55.4%) contribuyen a la economía del país sin que medie pago alguno, es decir, están destinadas al trabajo doméstico no remunerado.

El trabajo doméstico remunerado suele desempeñarse de manera aislada y sin un contrato escrito, donde además existe un elevado nivel de maltrato, abuso y discriminación, aunado a los bajos salarios y la falta de protección social.

Por otra parte, la OIT precisa la urgencia de atender el trabajo doméstico infantil, considerado por este organismo internacional como un trabajo peligroso que incrementa los riesgos de salud, de accidentes laborales y abuso sexual para las niñas y niños, violentando sus derechos humanos, como el de la educación, la salud, una vida digna entre otros.

La Constitución Política de la Ciudad de México, próxima a entrar en vigor, reconoce en su Artículo 10, apartado B, el derecho de toda persona que desempeñe una ocupación, temporal o permanente, asalariada o no, a ejercer un trabajo digno.

Al respecto, la CDHDF ha exhortado al Estado mexicano, en diversas ocasiones, a ratificar el Convenio 189 de la OIT relativo a la protección y promoción de los derechos de las personas trabajadoras domésticas.

En el marco de dicha conmemoración, esta Comisión reitera su llamado para que las autoridades de todos los niveles garanticen el derecho al trabajo digno de todas las personas, incluidas aquellas dedicadas al trabajo doméstico, a fin de dar cumplimiento a lo establecido tanto en los estándares internacionales en la materia, como en la Constitución de la Ciudad de México.

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