Boletín 127/2017
31 de agosto de 2017
La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió las Recomendaciones 6 y 7 este año, dirigidas a la Secretaría de Salud de la Ciudad de México (SEDESA) como autoridad responsable; la primera por mala práctica e inadecuada atención médica a personas usuarias de los servicios de salud; y la segunda por violencia obstétrica.
Al presentar ambos documentos, la Presidenta de la CDHDF, Doctora Perla Gómez Gallardo, explicó que en el caso de la Recomendación 6/2017, la mala práctica médica derivó en la afectación a la integridad personal de las y los usuarios, causándoles daños físicos u orgánicos irreversibles y, en un caso, la pérdida de la vida.
De la investigación que llevó a cabo este Organismo Público Autónomo, se determinó la violación a los derechos humanos a la salud, a la integridad y a la vida.
La Ombudsperson capitalina dijo que las violaciones a derechos humanos en este instrumento corresponden a ocho expedientes de queja registrados del año 2010 a la fecha, en agravio de ocho personas, entre ellas una persona adolescente de 17 años de edad y una persona de nueve años de edad, en los Hospitales Generales Dr. Enrique Cabrera, Balbuena, Tláhuac, Dr. Rubén Leñero, Xoco; Materno Pediátrico Xochimilco, y de Especialidades “Dr. Belisario Domínguez”.
Agregó que este Organismo identificó que las violaciones a los derechos humanos mencionadas ocurrieron por diversas causas, entre ellas, dilación en la atención o en los procedimientos de diagnóstico de las enfermedades y lesiones de las personas agraviadas; omisión en realizar los estudios necesarios para la emisión de un diagnóstico integral o practicar los procedimientos quirúrgicos pertinentes.
Las violaciones también ocurrieron por la falta de disponibilidad de materiales, equipo instrumental y aparatos necesarios para la adecuada, oportuna y eficaz atención médica; tales circunstancias ocasionaron afectaciones irreversibles en la salud de dichas personas al perder órganos vitales, movilidad en tobillos, pérdida de dedos de una mano y en una de ellas, pérdida de la vida.
Destacó que en dos casos se constató que durante los procedimientos realizados se dejó material quirúrgico o de curación al interior de los cuerpos de las personas agraviadas, lo cual provocó afectaciones a la salud, así como también daños y perjuicios económicos ante la imposibilidad de laborar, pagar servicios médicos privados para su valoración y estudios clínicos a fin de determinarse el procedimiento quirúrgico al que nuevamente deberían ser sometidas para tratar de estabilizar su estado de su salud.
La Doctora Perla Gómez Gallardo enfatizó que si bien las servidoras y servidores públicos que desempeñan sus funciones en las unidades hospitalarias en cuestión, son responsables directos de sus acciones u omisiones relacionadas con los servicios médicos que brindan, así como del trato e información que proporcionan a las personas usuarias y sus familiares, la SEDESA es responsable institucionalmente de garantizar el nivel más alto de atención en términos de accesibilidad, calidad, disponibilidad y aceptabilidad de los servicios médicos que se prestan.
La Recomendación 6/2017 consta de diez puntos recomendatorios, entre los que destacan, la indemnización integral a las personas agraviadas, considerando la situación específica de cada caso; acceso a programas sociales; atención médica y psicológica; la realización de una disculpa y el reconocimiento de responsabilidad de los hechos.
Respecto de la Recomendación 7/2017, la Presidenta de la CDHDF explicó que, está relacionada a casos de violencia obstétrica, a partir de cinco expedientes de queja registrados por este Organismo Público Autónomo entre los años 2015 y 2016.
En dichas quejas, las mujeres recibieron atención médica prenatal y cursaban embarazos sin complicaciones aparentes. Sin embargo, fueron víctimas de violación a sus derechos humanos durante el parto o puerperio en su atención en: un Centro de Salud de Cuajimalpa, el Hospital General Dr. Enrique Cabrera, y los Hospitales Materno Infantil Magdalena Contreras y Tláhuac, donde acudieron para recibir los servicios médicos que requerían dado su estado de gravidez.
Expuso que se determinó la violación a los derechos humanos al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en el ámbito de la salud pública, durante el embarazo, parto y puerperio; al derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, en relación con el derecho a la vida, y al derecho a la integridad personal.
Al igual que en la Recomendación 6/2017, dijo, se identificaron deficiencias que generaron una inadecuada prestación de los servicios de salud y retraso en la atención de mujeres durante el parto, lo que ocasionó que una mujer y tres productos de la gestación fallecieran, así como la afectación a la integridad de un recién nacido.
La Ombudsperson capitalina señaló que en seis Recomendaciones anteriores, la CDHDF abordó dicha problemática, siendo la más reciente la 3/2015 emitida a la SEDESA por la falta de atención oportuna y adecuada a mujeres, algunas de ellas adolescentes, que requirieron servicios de salud pública de la Ciudad de México, durante el embarazo, parto o puerperio.
Por lo anterior, para este Organismo resulta apremiante que las servidoras y servidores públicos adscritos a las diversas áreas de la Secretaría de Salud que prestan servicios de atención médica a las personas, desempeñen sus funciones con la mayor diligencia y atención posible.
La Recomendación 7/2017 consta de ocho puntos recomendatorios, entre los que destaca, la reparación y atención integral a las víctimas, el cumplimiento de la Recomendación 3/2015 -puntos noveno, décimo, undécimo, duodécimo, decimotercero- a fin de que se pongan en marcha las acciones encaminadas a brindar una mejor atención a mujeres durante el embarazo, parto y puerperio.
También se recomienda que en el Presupuesto Anual 2018 de la Secretaría de Salud, se incluya una partida o rubro, para que se contemplen los recursos públicos necesarios, a fin de cumplir cabalmente con las reparaciones y medidas de no repetición.
La Ombudsperson capitalina estuvo acompañada por la Tercera Visitadora General, Licenciada Cecilia Santiago Loredo; la Directora Ejecutiva de Vinculación Estratégica, Maestra Ibeth Huerta Dávila; así como personal de la Tercera Visitaduría encargado de documentar dichos casos.
Los documentos íntegros de las Recomendaciones 6 y 7 de este año pueden consultarse en las siguientes direcciones electrónicas:
https://cdhcm.org.mx/wp-content/uploads/2017/08/reco_0617.pdf.pdf
https://cdhcm.org.mx/wp-content/uploads/2017/08/reco_0717.pdf.pdf
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