Posicionamiento 32/2017
13 de mayo de 2017
La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) se manifiesta contra los discursos de odio, porque son una amenaza para el ejercicio de los derechos humanos, la convivencia pacífica y las prácticas democráticas.
Este Organismo Público Autónomo se suma de esta manera a la conmemoración –este 17 de mayo- del Día Internacional contra la Homofobia, Transfobia y Bifobia y el Día de la Lucha contra la Homofobia, tanto a nivel nacional como en la Ciudad de México, donde fue instaurado desde 2007.
En la capital del país se ha avanzado en el reconocimiento de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersex (LGBTTTI), tales como el matrimonio igualitario en 2009, el reconocimiento como formas de discriminación de la bifobia, homofobia, lesbofobia y transfobia en 2014, así como la reforma al Código Civil en 2015 para permitir el reconocimiento de la identidad de género de las personas mayores de 18 años, mediante un proceso administrativo. En virtud de ello, esta Comisión celebra que estos derechos hayan sido retomados en la Constitución Política de la Ciudad de México.
La Carta Magna local reconoce en sus Artículos 4°, 6° y 11° los derechos de las personas LGBTTI. El Artículo 4° establece que uno de los principios de interpretación y aplicación de los derechos humanos es el de igualdad y no discriminación, que prohíbe toda forma de discriminación motivada por la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, entre otras.
Asimismo, el Artículo 6°, apartado D, reconoce el derecho de las familias a la más amplia protección, en su ámbito individual y colectivo, así como todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar en igualdad de derechos.
Por otro lado, el Artículo 11°, apartado H, reconoce y protege los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales, para tener una vida libre de violencia y discriminación; igualdad de derechos para las familias formadas por parejas de personas LGBTTTI, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio civil, concubinato o alguna otra unión civil; y se establece la obligación de las autoridades a diseñar políticas públicas y adoptar las medidas necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual, preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales. Este último concepto incorpora los derechos de las personas intersex.
Los derechos mencionados, reconocidos en normas locales y en la Constitución de la Ciudad de México, son acordes con los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género (2006), la Declaración sobre Identidad Sexual y Orientación de Género de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), aprobada en 2008 y la Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en 2014, para combatir la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género.
Sin embargo, el Artículo 6º, apartado D, de la Constitución de la Ciudad de México ha sido impugnado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la Procuraduría General de la República (PGR) mediante una Acción de Inconstitucionalidad, en total contravención al principio de igualdad y no discriminación, establecido en el Artículo 4° de la Constitución local y con el Artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al respecto, la CDHDF ha impulsado acciones, en el ámbito de su competencia, en la defensa de los derechos establecidos de manera democrática en la Constitución Política de la Ciudad de México.
Por otra parte, se deben seguir realizando acciones legislativas y de política pública para promover la erradicación de toda forma de discriminación y manifestaciones de odio hacia quienes han decidido vivir su sexualidad de forma distinta a los convencionalismos sociales, y garantizar que puedan ejercer sus derechos en igualdad a todas las demás personas.
Este Organismo hace un llamado a la población LGBTTTI, a la población en general y a todas las organizaciones que trabajan por los derechos humanos a sumar voces y acciones por la defensa de la Constitución de la Ciudad de México para que entre en vigor con todos los avances que en materia de derechos humanos determina.
De esta forma, la capital del país continuará siendo un referente nacional para el avance en el reconocimiento, protección y garantía de los derechos humanos, y ciudad de las libertades donde se puede elegir libremente la forma de vivir la identidad, sentir y amar sin discriminación.
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