Posicionamiento 16/2017
21 de marzo de 2017
En el marco del Día Mundial del Agua, que se conmemora este 22 de marzo, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) celebra que el derecho humano al agua y su saneamiento haya sido incluido en la Constitución Política de la Ciudad de México, y se une al llamado para reflexionar sobre el destino, reutilización y saneamiento de las aguas residuales.
Esta celebración data de 1993, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Resolución A/RES/47/193, con el fin de invitar a los Estados a promover la conservación y uso sostenible del agua, además de destacar su contribución al desarrollo social y económico.
De acuerdo con el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) se define como aguas residuales a la combinación de efluentes de hogares, establecimientos comerciales, industrias, agricultura y agua de lluvia.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) precisa que cada año se generan en el mundo 1500 km3 de aguas residuales, y cerca del 80% de ellas quedan sin tratar; además de ello, es de considerarse que por cada litro de agua residual se pueden contaminar ocho litros de agua dulce.
En consecuencia, cuando un Estado no salvaguarda los recursos hídricos de la contaminación que resulta de las actividades humanas, y no proporciona servicios constantes de saneamiento, o no construye y da mantenimiento a las plantas de tratamiento, se encuentra incumpliendo con una de sus obligaciones en materia del derecho humano al agua.
A fin de orientar a los Estados en sus tareas de gestión de las aguas residuales, la Relatoría especial sobre el derecho humano al agua potable y el saneamiento de Naciones Unidas ha hecho diversas Recomendaciones. Entre ellas destacan la elaboración de marcos jurídicos, políticas y estrategias adecuadas; la existencia de reglamentos y organismos reguladores para frenar la contaminación del agua; y la definición de responsabilidades institucionales en la materia, más allá de la prestación de servicios de alcantarillado.
En este contexto, es de destacar que la CDHDF presentó la Propuesta General 1/2015 sobre el derecho humano al agua y el saneamiento. Estándares internacionales para el diseño de normativa y políticas públicas con enfoque de derechos humanos, a fin de generar una herramienta con criterios emanados del sistema universal e interamericano, que sirve para aquellos actores encargados de implementar las medidas que dan cumplimiento a las obligaciones del Estado.
Asimismo, este Organismo Público Autónomo emitió la Recomendación 1/2013 en razón del vertimiento de aguas residuales provenientes del Reclusorio Varonil Sur agravando la contaminación del río Santiago, ubicado en la Delegación Xochimilco.
De este instrumento se concluyó que las autoridades omitieron supervisar el funcionamiento adecuado de una planta de tratamiento en el Reclusorio y les solicitó cesar las descargas, adoptar medidas para sanear el río, y capacitar a las y los servidores públicos en temas de derecho a un medio ambiente sano, al agua y el saneamiento.
La Secretaría de Gobierno informó a esta Comisión, a finales de 2014, que se concluyeron los trabajos de rehabilitación en la citada planta de tratamiento y que las descargas al río son exclusivamente de agua tratada.
Al respecto, la CDHDF reitera que el interés al emitir dicha Recomendación, es restituir entre las y los habitantes de las inmediaciones al río Santiago, su derecho a un medio ambiente sano y al agua. Fue en ese sentido que la propia Comisión solicitó los servicios del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) para la elaboración de un estudio de calidad en la planta de tratamiento, mismo que concluyó que el agua vertida al río procedente de dicha planta, no estaba contaminada.
Además, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) determinó que del análisis de los resultados que arrojó el estudio elaborado por el IMTA, se concluye que el agua vertida cumple con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996.
Para esta Comisión de Derechos Humanos, una vertiente sustancial de actualidad es que el derecho humano al agua y su saneamiento haya sido incluido en la Constitución Política de la Ciudad de México, con sus atributos de acceso, disponibilidad, y calidad, una demanda impulsada por Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y ciudadanía en general.
Cabe mencionar que la Comisión estuvo atenta a los trabajos relacionados con la Constitución y, en el marco de sus facultades, brindó información relativa a los estándares sobre derechos humanos, incluido el agua y al saneamiento.
Por lo anterior, en este Día Mundial del Agua, la CDHDF hace un llamado a las autoridades competentes para continuar trabajando en la legislación secundaria derivada del texto constitucional, que contemple los estándares internacionales de derechos humanos, la participación de la sociedad y la perspectiva de género en la gestión del agua, así como a implementar políticas públicas medioambientales dedicadas a la restauración, en los casos que sea posible, y la salvaguarda del medio ambiente, así como del derecho a la salud de la población que pudiese verse afectada.
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