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Palabras de la Doctora Perla Gómez Gallardo, Presidenta de la CDHDF, en la presentación del Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas en Riesgo de Vivir en Calle e Integrantes de las Poblaciones Callejeras en la Ciudad de México

Discurso 23/2016
16 de junio de 2016

 

Muy buenos días a todas y a todos. Saludo a la Secretaria, Secretario, Subsecretarias, integrantes del Consejo, Institutos de esta Ciudad de México; integrantes de la Sociedad Civil que el día de hoy nos acompañan.

Es para mí un gusto ser parte de quienes esta mañana atestiguamos uno de los avances más significativos en materia de los Derechos de las Poblaciones que viven y sobreviven en la calle. La publicación del Protocolo interinstitucional de Atención Integral a personas en riesgo de vivir en calle e integrantes de las Poblaciones Callejeras en la Ciudad de México representa una oportunidad para visibilizar las difíciles condiciones en que día a día viven las personas que habitan el espacio público, y se suma a una serie de instrumentos, como las Recomendaciones 23/2009, 13/2011, 7/2015, 8/2015 y el Informe especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Poblaciones Callejeras 2012-2013, a través de los cuales la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) ha señalado las distintas formas de discriminación y exclusión que afectan de manera sistemática los derechos de estos grupos de población.

Dentro de las situaciones recurrentes que ha documentado esta Comisión, destacan las afectaciones graves al derecho a la salud, a la identidad, el acceso a la justicia y la criminalización de las poblaciones callejeras, la cual se observa cuando se consideran la apariencia física y la posesión de sustancias inhalantes como elementos para despojarlas de sus pertenencias, emprender acciones de limpieza social, responsabilizarlas de la disminución de las ventas en comercios, de la inseguridad pública, de malos olores o agresiones personales en contra de las y los transeúntes. En otras palabras, la calle es un espacio propicio para la intersección de varias formas de discriminación que, al conjugarse, hacen que el fenómeno de la vida en la calle no sea un asunto de simple comprensión.

Por lo anterior, es destacable que el Protocolo que hoy se presenta, además de partir de una visión no individualista de la vida en la calle, reconozca la existencia de mecanismos de identificación, mediante los cuales se generan relaciones familiares y sociales en el espacio público. Lo anterior es relevante, pues es precisamente a partir del reconocimiento de la multiplicidad de relaciones existentes, que es posible prever la diversidad de obligaciones específicas que tiene a su cargo el Estado con estas poblaciones.

En ese sentido, es importante señalar que si bien los derechos de las poblaciones que viven y sobreviven en la calle no están condicionados a la publicación de un Protocolo, la existencia de un documento que articule la intervención de distintas autoridades, en función de sus competencias, naturaleza jurídica y objetivos de creación; sí constituye un avance significativo en términos de operatividad, no duplicidad de funciones, uso eficaz de recursos y no revictimización de las personas que por su situación, enfrentan violaciones a sus derechos de manera cotidiana.

Otro elemento a destacar en la elaboración de este documento, es sin duda, la participación activa de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) especializadas, que aportaron su experiencia de trabajo con poblaciones callejeras para reforzar el contenido del Protocolo y las estrategias de intervención coordinada de las autoridades consideradas en este instrumento.

Pensar en alternativas para la inclusión, implica que el ejercicio de los derechos se realice a través de un proyecto con el cual las personas en situación de calle puedan sentirse identificadas. Por ello, tratándose de derechos humanos de las poblaciones callejeras, la Comisión ha enfatizado el hecho de que el desarrollo de capacidades se encuentra vinculado a la existencia real de oportunidades y la solidaridad, indispensables para garantizar el bienestar de una sociedad. En consecuencia, acorde con las manifestaciones realizadas previamente por este Organismo, en el proceso de revisión de este Protocolo, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal impulsó la incorporación puntual de los más altos estándares internacionales de derechos humanos, teniendo como objetivo transversal el abandono de acciones con enfoque tutelar que pudieran contribuir a perpetuar contextos de subordinación.

Los trabajos encabezados por la Jefatura de Gobierno y la Secretaría de Desarrollo Social, y la comprometida labor del Doctor González Garza para la emisión de este Protocolo,tienen el mérito de haber logrado la concurrencia de distintas voces que se unieron para debatir sobre las mejores formas de intervención y señalar las grandes ausencias en el desarrollo de políticas públicas incluyentes.

Por tanto, aunque hoy por hoy las poblaciones callejeras continúan siendo invisibles en muchos ámbitos, la incorporación de la obligación de realizar un censo con una metodología compatible, con las características particulares de movilidad, composición y dinámicas propias de estas poblaciones, constituye un avance fundamental para eficientar la distribución de los recursos que el Estado destina para revertir la exclusión social de las poblaciones que viven y sobreviven en calle.

En la lógica progresiva de los derechos humanos, esteProtocolo representa un paso más en el camino para subsanar la deuda histórica que como sociedad tenemos con quienes, por décadas, han tenido que hacer del espacio público su única alternativa de sobrevivencia. Aún está pendiente adecuar en clave de derechos los programas vigentes en materia de vivienda digna, generar las condiciones para que el derecho a la educación se ejerza de manera efectiva, y establecer una política de empleo que permita que las personas que viven y sobreviven en la calle cuenten con oportunidades para acceder a empleos no-precarios, capacitación laboral y generación de conocimientos para mejorar sus condiciones de vida.

En tal sentido, si bien este Organismo reconoce y celebra los esfuerzos realizados por el Gobierno de la Ciudad de México para contar con un Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a personas en riesgo de vivir en calle e integrantes de las Poblaciones Callejeras, para mantener la vanguardia en la protección de derechos humanos que ha caracterizado a esta entidad, resultará fundamental propiciar espacios de discusión desde los cuales se avance en la definición de las temáticas específicas que deberían ser incluidas en una Ley que proteja y defienda los Derechos Humanos de las Poblaciones Callejeras.

En este sentido, para la Comisión resulta fundamental poder aportar, en el marco de nuestra autonomía y de la autonomía parlamentaria de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), nuestra experiencia y visión sobre este tema.

Tenemos la expectativa de que este Protocolo nos acerque a la construcción de una Ley que responda a los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos y esperamos que su publicación contribuya a la visibilización, empoderamiento y desarrollo de los Derechos Humanos de las personas que forman parte de las Poblaciones Callejeras. Muchas gracias.