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CDHDF reconoce avances en aprobación de leyes Nacional de Ejecución Penal y del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes

Boletín 097/2016
15 de junio de 2016

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) reconoce la apertura por parte de las y los legisladores de la Cámara de Diputados que aprobaron la Ley Nacional de Ejecución Penal y la Ley del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, toda vez que previamente, recibieron y además atendieron algunas de las observaciones que les fueron enviadas por parte de este Organismo Público Autónomo en conjunto con Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y la academia.

Se observa en ambas leyes un avance en el reconocimiento de los más altos estándares internacionales en la materia para regular la actuación de las y los servidores públicos a cargo de su aplicación. De la misma manera, se acogió a la reinserción social y reintegración familiar desde un ámbito en el que las personas puedan incorporarse de manera plena a su familia, a su entorno y a la sociedad tras haber cumplido con la sanción legal impuesta.

En el caso de las personas adolescentes, se reconocen los esfuerzos mostrados por visibilizar e incorporar los principios de mínima intervención y proporcionalidad, al regular que las medidas de internamiento serán adoptadas como último recurso y ante la gravedad del hecho cometido por parte de una persona adolescente en conflicto con la ley.

En particular, se reconocen las reformas realizadas al Código Penal Federal en las que se prevé regular y en su caso sancionar, la actuación de las personas servidoras públicas a cargo de la supervisión en libertad, a fin de evitar que incurran en actos de corrupción o extorsión en agravio de la persona sentenciada y/o de su familia, en el ejercicio de las funciones conferidas en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

La Comisión reconoce los avances señalados; no obstante, también hace un atento llamado para que, por una parte, en el caso de las personas privadas de la libertad con discapacidad psicosocial, se les considere conforme a un nuevo paradigma y no comopersonas incapaces o inimputables; y por otra parte, para que en todas aquellas medidas que se adopten en torno a la integridad de las personas adolescentes, se les notifique e informe previamente. Tal es el caso de la toma de muestras para identificar alcohol o drogas sin previo aviso, lo cual contraviene lo dispuesto en los artículos 46 y 76 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Este Organismo Público Autónomo refrenda su compromiso de permanecer atento ante la publicación y ámbito de aplicación de las leyes mencionadas, a fin de garantizar que las mismas se observen en el marco del respeto y protección de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad y de las personas adolescentes en conflicto con la ley.

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