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CDHDF llama a autoridades a cumplir totalmente la Recomendación sobre el caso Heaven

Boletín 083/2016
25 de mayo de 2016

Este 26 de mayo se cumplen tres años de la desaparición de 12 personas que se encontraban en el bar after hour Heaven, acto por el que esta Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) integró diversos expedientes de queja por la vulneración a los siguientes derechos humanos: a no sufrir desaparición; de las niñas, niños y jóvenes, y de las víctimas u ofendidos.

Derivado del caso, este Organismo emitió la Recomendación 19/2013, el 21 de octubre de 2013. En ella se dirigieron 23 puntos recomendatorios a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) como autoridad responsable, que hasta la fecha sólo ha cumplido dos de ellos: el concerniente a facilitar peritajes independientes que permitieran tener certeza y confianza sobre la identificación de los restos humanos, y asumir los gastos por el desahogo de esos peritajes independientes.

A la Secretaría de Gobierno de esta Ciudad se dirigieron, en su calidad de autoridad colaboradora, cuatro puntos, ninguno de los cuales ha sido cumplido. Ambas dependencias aceptaron la Recomendación.

El instrumento recomendatorio requirió a la PGJDF, entre otros puntos, reparar integralmente el daño a las víctimas; sancionar a los responsables; establecer medidas de no repetición de los hechos, así como continuar con las investigaciones relativas a las personas desaparecidas hasta determinar su paradero o suerte final, conforme a los estándares de debida diligencia y debido proceso reconocidos en el marco jurídico nacional e internacional.

También se le recomendó diseñar un mecanismo eficiente para estandarizar los procesos de investigación del delito de desaparición de personas y para la búsqueda inmediata de personas desaparecidas con vida, así como capacitar al Ministerio Público y a sus auxiliares en temas de desapariciones, extravíos y ausencias, e impulsar un plan de prevención del delito en colaboración con otras instituciones.

Por otra parte, se recomendó a la Secretaría de Gobierno, como autoridad colaboradora, impulsar un plan de prevención del delito y el acceso a apoyos de programas sociales para familiares de las personas agraviadas desaparecidas, así como evaluar la Política de Juventud, a fin de tener garantías de no repetición e impulsar un plan de redignificación del Barrio de Tepito.

Este asunto es relevante para la sociedad en general, pues la reparación integral del daño establecida mediante la citada Recomendación lleva consigo el derecho a la verdad. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha precisado que este es un derecho colectivo que tiene un doble alcance: a las víctimas y sus familiares, y a la sociedad en general.

Además, el derecho a la verdad se encuentra vinculado al derecho de acceso a la justicia, por el cual, el Estado como garante, debe proteger y garantizar el derecho a la justicia del individuo y el deber de impartir justicia en beneficio de las víctimas directas e indirectas, así como a la sociedad en general.

Asimismo, como parte de sus obligaciones de reparar integralmente el daño, el Estado debe sancionar a los responsables de la perpetración de estas conductas ilícitas de desaparición y adoptar las medidas adecuadas para evitar la repetición de violaciones similares.

Por consiguiente, preocupa a esta Comisión que, de las acciones recomendadas, aún se encuentran pendiente de cumplimiento, tanto la adopción de medidas de no repetición, como de reparación o satisfacción a las víctimas, generando condiciones de revictimización, destacando las siguientes:

  1. a) Concluir las investigaciones penales conforme a los estándares de debida diligencia y debido proceso reconocidos en el marco jurídico nacional e internacional;
  2. b) Diseñar un protocolo para la búsqueda de personas no localizadas;
  3. c) Impulsar un plan para la prevención del delito;
  4. d) Reparar integralmente el daño a las víctimas, mediante la indemnización económica conforme a estándares internacionales;
  5. e) Diseñar un programa de atención integral para víctimas de desaparición, considerando elProtocolo modelo para la investigación forense de muertes sospechosas de haberse producido por violaciones de los derechos humanos, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;
  6. f) Realizar una disculpa pública a las familias que se exponen en el caso dos de la Recomendación; y
  7. g) Concretar los apoyos derivados de los programas sociales ofrecido, incluyendo atención médica y psicológica a los familiares de las víctimas directas.

Por lo antes expuesto, esta Comisión, con la finalidad de hacer respetar los derechos humanos, hace un llamado a la Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Gobierno, ambas de esta Ciudad, a dar cabal cumplimiento a la Recomendación 19/2013, agilizando las acciones encaminadas a atender, en todos sus términos y a la brevedad, la Recomendación antes mencionada.

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