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CDHDF emite medidas preventivas por la restricción en el suministro de agua en la capital

Boletín 009/2016
28 de enero de 2016

  • La distribución de agua a través de pipas debe ser gratuita, equitativa y sin discriminación
  • Reconoce necesidad de tareas de mantenimiento en la red, para optimizar la prestación del servicio

Con motivo de la suspensión del suministro de agua potable que inició hoy en 13 Delegaciones de la Ciudad de México, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) hace un llamado a las autoridades de esta capital para que se garantice el derecho humano al agua, manteniendo acciones y medidas tendientes a disminuir las afectaciones a la población, durante este periodo en el que se ha informado, se realizarán diversas obras de mantenimiento al sistema hidráulico.

La CDHDF recuerda que el acceso al agua es un derecho humano, por lo que la autoridad debe garantizar la disposición de este vital líquido, que sea salubre, aceptable, accesible y asequible, por lo que es necesario que se priorice el suministro de un mínimo indispensable para uso personal y doméstico (agua para beber, preparación de alimentos e higiene personal, por ejemplo), y proveer alternativas para ello.

La población tiene el derecho a recibir agua de calidad y en cantidad suficiente y en este sentido, esta Comisión estará atenta ante posibles violaciones al derecho humano al agua.

Además, se requiere garantizar un abasto suficiente en las escuelas, los lugares de trabajo, los centros de atención de salud y otras instituciones y lugares públicos. Especial atención merecen las zonas de la Ciudad que de manera cotidiana sufren el desabasto de agua.

La CDHDF reconoce que como parte del compromiso del Estado para garantizar la sostenibilidad de los servicios de abastecimiento de agua en el largo plazo, las autoridades deben emprender tareas para evitar deficiencias en el servicio y reducir las pérdidas en la distribución del líquido. Pero en este contexto, las instancias de gobierno también deben observar las obligaciones desde el marco jurídico de los derechos humanos.

La Comisión destaca que en tanto dure la suspensión del servicio, la distribución de agua a través de pipas debe ser gratuita, equitativa y sin discriminación.

Aunado a lo anterior, es preciso garantizar el derecho a la información; esto es, que las personas deben conocer anticipadamente los motivos que originan la suspensión o la interrupción del servicio de agua, la disponibilidad real del agua que se abastece, los factores que pueden afectar el suministro y quiénes son los responsables de los servicios.

Toda la información debe ser objetiva, completa y con la mayor difusión posible a través de diversos medios de comunicación.

En este sentido, la CDHDF solicitó en días pasados, instrumentar medidas preventivas al Director General del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), Ramón Aguirre; al Contralor General del Distrito Federal, Eduardo Rovelo Pico, y a la y los 13 Jefes Delegacionales en cuyas demarcaciones se realiza el corte en el suministro de agua.

En cuanto al Punto de Acuerdo que aprobó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para que la CDHDF convoque al SACMEX y a las Delegaciones para diseñar un Protocolo que funcione en casos en los que haya suspensión  del suministro de agua en la capital mexicana, hoy mismo este Organismo Autónomo se puso en contacto con las autoridades del Sistema de Aguas.

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