lunes , 6 mayo 2024

Imperante, que la SCJN resuelva la acción de inconstitucionalidad referente a Alienación Parental

Boletín 278/2015
8 de noviembre de 2015

 

  • La próxima salida de la Ministra Olga Sánchez Cordero, ponente de la Acción, no debe retrasar la decisión en un tema urgente para la protección de los Derechos de la Niñez.

El Artículo 323 Septimus del Código Civil para el Distrito Federal, que pretende solucionar el problema de violencia familiar que se vive por “alienación parental”, no fue redactado atendiendo al principio del Interés Superior del Niño y por ello esta Comisión, el pasado 9 de junio de 2014, presentó la Acción de Inconstitucionalidad 19/2014, en la que advertimos que el mencionado Artículo es inconstitucional y violatorio de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes.

La norma como aparece en la actualidad, debe ser modificada, privilegiando el bienestar del niño y niña, sus padres y madres y demás familiares, e implementar un proceso de evaluación y diagnóstico adecuado que permita a las autoridades judiciales ordenar el tratamiento pertinente para el niño y su familia, con la finalidad de que el desarrollo de la personalidad de las y los menores sea pleno y armónico.

A unos días de que la Ministra Olga Sánchez Cordero concluya su encargo, la Acción de Inconstitucionalidad no se encuentra listada para su discusión en el Pleno de la Corte. En ese sentido, existe el riesgo de que el análisis y trabajo previo no se considere por la o el nuevo ponente; y por ende, se retrase aún más el estudio, discusión y resolución de un tema que lastima a diversas familias en la Ciudad de México.

Por lo anterior, esta Comisión exhorta respetuosamente al Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales, a efecto de que liste y someta a discusión del Pleno la Acción de Inconstitucionalidad 19/2014, antes de la partida de la Ministra ponente, quien refrenda desde una visión de derechos humanos su proyecto de sentencia.

Versión PDF