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CDHDF reconoce aceptación de Recomendaciones 9, 10 Y 11/2015 por violaciones a DDHH en contexto de movilizaciones

Boletín 279/2015
8 de noviembre de 2015

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) reconoce el compromiso con los derechos humanos mostrado por diversas autoridades del Gobierno del Distrito Federal, el Tribunal Superior de Justicia y la Asamblea Legislativa –ésta en calidad de autoridad colaboradora- con la aceptación de las Recomendaciones 9, 10 y 11/2015, todas emitidas el pasado 14 de septiembre, conforme fueron dirigidas.

Dichos instrumentos derivaron de investigaciones en las que se acreditaron detenciones arbitrarias; uso indebido de la fuerza, tortura y otros tratos crueles inhumanos o degradantes; uso selectivo del derecho penal, obstaculización o injerencias arbitrarias; y obstaculización al derecho a defender derechos humanos, en el contexto de manifestaciones públicas y protesta social.

La Recomendación 09/2015 fue motivada por las violaciones a derechos humanos cometidas en agravio de 25 personas, en el contexto de la marcha realizada el 10 de junio de 2013, en conmemoración de los hechos ocurridos el 10 de junio de 1971, y se dirigió a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF), como autoridad responsable, y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) como autoridad colaboradora.

Por su parte, la Recomendación 10/2015 derivó de la violación a los derechos de 57 personas, durante la movilización que se llevó a cabo el 2 de octubre de 2013, con motivo del 45° Aniversario de los sucesos ocurridos en la Plaza de las Tres Culturas el 2 de octubre de 1968, y se dirigió a la Secretaría de Seguridad Pública, Procuraduría General de Justicia, Tribunal Superior de Justicia, Consejería Jurídica y de Servicios Legales y Asamblea Legislativa, ésta última en calidad de autoridad colaboradora, todas del Distrito Federal.

Mientras que la Recomendación 11/2015 se emitió por la vulneración de los derechos de ocho personas, entre ellas tres Visitadores de esta Comisión, en el marco de la manifestación realizada el 22 de abril de 2014 denominada “El silencio contra la Ley TELECOMM”, y se dirigió a la SSPDF y a la ALDF –también en calidad de autoridad colaboradora-.

Con la aceptación de los tres instrumentos, la Secretaría de Seguridad Pública se comprometió a realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad; indemnizar por los daños materiales e inmateriales causados a las víctimas; brindarles atención psicológica; formular denuncia ante la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la PGJDF; así como en la Dirección General de Inspección Policial y el Consejo de Honor y Justicia, a efecto de que se investigue y determine la responsabilidad en que incurrieron los policías adscritos, mandos operativos, medios y superiores en las manifestaciones referidas.

También revisar y modificar el Protocolo de Actuación Policial y el Protocolo de Actuación Policial para la Detención de Probables Responsables en el Marco del Sistema Penal Acusatorio; desarrollar una estrategia educativa para el diseño de un proceso integral y sistemático de capacitación en materia de función policial con perspectiva de derechos humanos y solicitar el incremento de partidas presupuestales, a fin de crear la Comisión para la Reforma de la Policía.

De la misma manera, la ALDF hará del conocimiento de las Comisiones encargadas de los temas de justicia y derechos humanos, el contenido de los tres instrumentos recomendatorios, con el fin de que se deroguen los tipos penales Ultrajes a la autoridad y Ataques a la paz pública y, considerando la presente Recomendación y la línea de acción 252 del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, deberá autorizar el incremento de las partidas presupuestales para la creación de la Comisión de la Reforma de la Policía.

Por su parte, para atender la Recomendación 10/2015, la Procuraduría General de Justicia deberá formular denuncia ante la citada Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos, respecto de los delitos en que pudo incurrir personal ministerial, así como dar vista en la Visitaduría Ministerial para que se radique el expediente administrativo correspondiente.

En cuanto al Tribunal Superior de Justicia, deberá iniciar el procedimiento administrativo ante el Consejo de la Judicatura, a fin de que determine si incurrió en falta el entonces Juez Cuadragésimo Penal del Distrito Federal, e indemnizará por los daños materiales e inmateriales causados a las personas que fueron víctimas en el ejercicio de su libertad personal.

Por otra parte, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales iniciará el procedimiento correspondiente en la Contraloría Interna para que se determine la responsabilidad del Juzgador Cívico en GAM-02; realizará el reembolso del monto erogado como pago de la multa impuesta e instruirá a todas y todos los jueces cívicos para que actúen diligentemente y valoren todas las pruebas que obren en los expedientes.

Para vigilar el cumplimiento de las Recomendaciones, esta Comisión dará seguimiento a las acciones que las autoridades realicen y continuará brindando acompañamiento a las víctimas.

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