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CDHDF reconoce avance por Reforma Constitucional en materia de justicia para adolescentes

Boletín 156/2015
3 de julio de 2015

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) considera un avance en materia de justicia para adolescentes la Reforma a los párrafos cuarto y sexto del Artículo 18, y el inciso C y de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación.

La citada Reforma mandata a la Federación y a las entidades federativas, para que en el ámbito de sus competencias, establezcan un sistema integral de justicia para adolescentes que aplicará para aquellos a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y que tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad.

Este sistema garantizará los derechos humanos reconocidos en la Constitución, y específicamente los derechos de las y los adolescentes, atendiendo particularmente a sus condiciones de personas en desarrollo y bajo el paradigma de justicia restaurativa, por lo que preverá formas alternativas de justicia.

Las personas menores a 12 años de edad a quienes se les atribuya la comisión o la participación de un hecho que la ley señale como delito, sólo podrán ser sujetos de asistencia social. El internamiento se utilizará sólo como medida extrema, por el tiempo más breve que proceda y sólo podrá aplicarse a las y los adolescentes mayores a 14 años de edad.

Esta Comisión destaca que la facultad establecida para que el Congreso de la Unión establezca la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común, es fundamental  para evitar la disparidad de regulaciones y  los ordenamientos que lleven por sí mismos a situaciones violatorias de derechos humanos.

De la misma manera, la CDHDF manifiesta su preocupación de que, en tanto se realizan las discusiones a nivel nacional y en el Distrito Federal que respondan a esta Reforma, existan legislaciones locales cuyas disposiciones no se ajusten y contemplen los derechos humanos y estándares ya reconocidos en la materia.

Por ello, insta a que, en tanto se concluye el proceso legislativo, las instituciones correspondientes adopten medidas apropiadas para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las y los adolescentes que se encuentren en conflicto con la ley, tanto en los aspectos procedimentales como en la ejecución de las medidas sancionadoras, las cuales no deberán concretarse única y exclusivamente a su cumplimiento, sino que deberán actualizar la finalidad de la reintegración social y familiar, particularmente con el desarrollo de condiciones de vida digna en los espacios donde se lleven a cabo.

 

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