viernes , 24 marzo 2023

CDHDF celebra Reforma Constitucional en materia de Desaparición Forzada y Tortura.

Boletín 133/2015
18 de junio de 2015

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) recuerda que la desaparición forzada, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley y la tortura en México, son problemas que por sus dimensiones son crímenes que afectan no sólo a las víctimas que las padecen, sino también a sus familias y comunidades, así como a la sociedad mexicana e internacional en materia de vigencia de los derechos humanos, por lo cual, la Reforma Constitucional aprobada permitirá que nuestro país tenga mejores instrumentos para hacerle frente.

Las violaciones a derechos humanos son un tema sensible de alcance nacional que ha sido señalado por distintos comités, relatores y expertos, tales como los Comités Contra la Desaparición Forzada y contra la Tortura, otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes de Naciones Unidas, que destacan los actos violatorios generalizados en gran parte del territorio del Estado, por lo que, es importante que el Congreso de la Unión asuma la facultad para legislar de manera general en las materias.

El país necesita establecer estrategias globales que permitan una adecuada coordinación de los diferentes niveles de gobierno, formas de tipificar estos delitos, así como el tipo de atención a víctimas, para lo cual se requiere que en ello se cumplan los estándares de derechos humanos.

La Comisión llama a reconocer que esta Ley responde al profundo dolor que causa este tipo de violaciones, que sólo dejan a los familiares de las víctimas con la esperanza de alcanzar reparación a través del conocimiento de los hechos que generaron los actos de tortura y/o la desaparición de la persona, así como dar con el paradero de las víctimas y llevar a los responsables ante el sistema de justicia, indispensable para lograr mecanismos de no repetición de los hechos acaecidos.

En ese sentido, esta Comisión recuerda que el Estado mexicano, al establecer esta legislación general, deberá cuidar cumplir con las observaciones finales sobre los informes presentados por México, ante los mecanismos de Naciones Unidas, en cumplimiento de laConvención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Una vez realizado este esfuerzo, las entidades federativas deberán legislar en las materias o, en su caso, armonizar su marco normativo, como posiblemente sucederá en el Distrito Federal donde ya se cuenta, por ejemplo, con la Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada y la Desaparición por Particulares, por citar un caso.

En este contexto, la Comisión conmina a asumir plenamente los instrumentos vinculantes para la protección, goce y disfrute de los derechos humanos, así como a asumir las recomendaciones de los distintos comités y relatores que dan seguimiento a los temas de la Reforma Constitucional, a fin de que se genere la mejor actuación posible por parte de los diferentes actores estatales que tienen la responsabilidad de prevenir y sancionar este tipo de crímenes que rompen el tejido social y afectan la paz. Con este fin, este Organismo ratifica su voluntad y compromiso para coadyuvar en el ámbito de su competencia con las diversas autoridades involucradas.

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