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La CDHDF Emitió las Recomendaciones 8 y 9 del 2014

Boletín 200/2014
21 de octubre de 2014

  • La primera dirigida a la PGJDF por violaciones al derecho a la justicia y al derecho de las víctimas del delito o de las personas ofendidas.
  • La segunda dirigida al TSJDFy a la subsecretaría de sistema penitenciario de la secretaría de gobierno del distrito federal, por violaciones al derecho a la seguridad jurídica y a la libertad personal, en conexidad con el debido proceso y garantías judiciales.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió las Recomendaciones 8/2014 y 9/2014; la primera de ellas dirigida a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y la segunda, al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), así como a la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal a través de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario para reparar integralmente daños causados a dos peticionarias por acciones y omisiones de dichas autoridades.

Al respecto, la Doctora Perla Gómez Gallardo, Presidenta de la CDHDF, informó que el instrumento recomendatorio 8/2014 dirigido a la Procuraduría capitalina tiene su origen en la queja presentada por Lucía Lagunes Huerta, Directora General de “Comunicación e Información de la Mujer, A.C.” (CIMAC), al documentarse que luego de la denuncia de robo y allanamiento a sus oficinas en mayo del 2012, se violentó su derecho de acceso a la justicia, a una debida diligencia, así como a un recurso efectivo, por omisiones del personal adscrito a la PGJDF por la deficiente integración de la averiguación previa relacionada con los hechos, por lo anterior y a pesar de haber sido señalados responsables en la indagatoria, a la fecha estas personas no han sido sentenciadas ni condenadas a fin de resarcir el daño a la víctima.

Por otra parte, la Recomendación 9/2014 se dirige al TSJDF y a la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal por violaciones a los derechos humanos de la peticionaria María de los Ángeles Contreras Velarde, quien fue detenida el 29 de noviembre de 2012 por elementos de la PGJDF en cumplimiento de una orden de aprehensión cuyo término de prescripción de la pretensión, había transcurrido, por esta razón permaneció ocho días privada de su libertad en el interior del Penal Femenil de Santa Martha Acatitla sin que la autoridad competente determinara su situación jurídica, evidenciando con ello fallas y deficiencias en los procedimientos internos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario del Gobierno del Distrito Federal.

Derivado de la investigación y documentación del caso, personal de la CDHDF comprobó la afectación al derecho a la seguridad jurídica y a la libertad personal, en conexidad con el derecho al debido proceso y garantías judiciales de la peticionaria.

La Recomendación 9/2014, evidencia la necesidad de que, tanto el TSJDF como la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal se coordinen con la Procuraduría capitalina a fin de fortalecer procedimientos internos para garantizar una justicia pronta y expedita.