viernes , 10 mayo 2024

Seguimiento a Recomendación 15/1995

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Agente del MP no detiene a los asaltantes de Lucha Villa
Derechos humanos violados Derecho a la seguridad jurídica
Derecho al debido proceso, garantías judiciales
Derechos de la víctima o persona ofendida
Emisión 23/10/1995
Autoridades recomendadas

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

1. El 4 de abril de 1995, en el programa radiofónico La calle, transmitido por la estación Radio Trece, el comentarista Ramón Yarena y del Rosario informó a los radioescuchas que la señora Lucha Villa había sido asaltada y que, aunque se detuvo a los presuntos responsables —quienes fueron identificados por la víctima—, estos fueron liberados por los de derechos humanos.

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
0.

1. Que se inicie procedimiento administrativo para determinar la responsabilidad en que haya incurrido el licenciado José Manuel Aguilera Suárez, agente del Ministerio Público de la 4a. Agencia Investigadora, por no haber detenido a Víctor Manuel Guerrero Méndez y Osvaldo Sambrano Arias, presuntos responsables de robo calificado y otros delitos en perjuicio de Luz Elena Ruiz Bejarano (Lucha Villa).

Aceptado

Cumplido