viernes , 26 abril 2024

Seguimiento a Recomendación 09/1997

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Responsabilidad administrativa de juez familiar
Derechos humanos violados Derecho a la seguridad jurídica
Derecho a una adecuada protección judicial
Emisión 23/06/1997
Autoridades recomendadas

Tribunal Superior de Justicia y Consejo de la Judicatura del Distrito Federal

1. El 27 de agosto de 1996, se recibió en esta Comisión escrito de queja del señor Federico García Rodríguez, en el que señaló que:

Es apoderado de los actores en los juicios laborales 636/89 y 754/90, radicados en la Junta Especial 6 de la (Junta) Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, contra el señor René Saúl Martínez. A pesar de que el Juez 13o. de lo Familiar tenía conocimiento de la existencia del embargo «trabado» en dichos juicios, sobre el 50% del contenido de las cajas de seguridad 254 y 78 de la sucursal 346 de Banamex, y de que el crédito de los trabajadores era preferente a cualquier liquidación, el 13 de noviembre de 1995 dicho Juez ordenó —en la ejecución del incidente de liquidación de la sociedad conyugal, promovido por Solís Enríquez Hermelinda contra René Saúl Martínez— la apertura de las citadas cajas y la entrega —indebida— del contenido de las mismas al demandado.

Tribunal Superior de Justicia y Consejo de la Judicatura del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. Que se inicie en el Consejo de la Judicatura el procedimiento que corresponda para determinar la responsabilidad administrativa en la que pudo haber incurrido el licenciado Jorge Alberto Serra Barreda, Juez 13o. Familiar.

Aceptado

Cumplido

2. Que, si del procedimiento correspondiente se concluye la responsabilidad del Juez 13o. Familiar, se dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 77 bis de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a efecto de que se restituyan los daños y perjuicios causados a Silvia San Juan López, Guillermina Cruz Castillo, Guadalupe González Albarrán, Victoria Vela Romero y Luis Hernández de la Cruz.

Aceptado

Cumplido