domingo , 8 diciembre 2024

Seguimiento a Recomendación 08/1995

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Abuso contra presuntos infractores detenidos
Derechos humanos violados Derecho a la integridad personal
Derecho a la seguridad jurídica
Derecho a una adecuada protección judicial
Emisión 24/07/1995
Autoridades recomendadas

Jefatura de Gobierno del Distrito Federal

1. El 11 de mayo del año en curso, se recibió en esta Comisión la queja de los doctores José Luis Duarte Acosta, Coordinador de Servicios Médicos de Apoyo, y Juana Flores Morales, Jefa de la Unidad Departamental de Medicina Legal, de la Dirección General de Servicios de Salud del Departamento del Distrito Federal, respectivamente, a la que adjuntaron una carta de un médico legista —cuyo nombre se omite, con fundamento en el artículo 60 del Reglamento Interno de esta Comisión, para evitar que sufra represalias— en la que se expresa que:

«El personal que labora en el tercer turno del Juzgado Cívico Trigesimotercero —integrado por Francisco Javier Castillo Gómez, Juez Cívico; Apolonio Fuentes Ambriz, Secretario, e Ignacio López Palma, guardia— constantemente viola los derechos humanos de las personas detenidas, especialmente de aquellas que se encuentran en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias tóxicas, o que no están en posibilidad de denunciar el maltrato de que son objeto. Las violaciones van, desde insultos y baños con agua helada, hasta golpes. Es frecuente escuchar golpes, gemidos de dolor y súplica de los detenidos, para detener la agresión.»

Jefatura de Gobierno del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. Que se destituya inmediatamente a Francisco Javier Castillo Gómez como Juez Cívico, porque fue designado a pesar de que no cumple con los requisitos legales para ocupar el puesto.

Aceptado

Cumplido

2. Que se investigue la responsabilidad en que pudieron haber incurrido los servidores públicos que intervinieron en la contratación de Francisco Javier Castillo Gómez como Juez Cívico, sin que cumpliera con los requisitos legales, y se les aplique la sanción administrativa que corresponda. En su caso, formular la denuncia penal que corresponda.

Aceptado

Cumplido

3. Que, previo el procedimiento administrativo correspondiente, se formule denuncia de hechos contra Francisco Javier Castillo Gómez por la comisión de conductas probablemente constitutivas de los delitos de falsedad en declaraciones ante autoridad distinta de la judicial, usurpación de profesión, abuso de autoridad y lesiones, en los términos que fueron señalados.

Aceptado

Cumplido

4. Que previo el procedimiento administrativo correspondiente, se formule denuncia de hechos contra Ignacio López Palma por la comisión de conductas probablemente constitutivas de los delitos de abuso de autoridad y lesiones, en los términos que arriba se precisaron.

Aceptado

Cumplido

5. Que se instruya a todos los jueces cívicos del Distrito Federal sobre el trato que debe darse a, y el procedimiento que debe seguirse con, los menores de edad y los enfermos mentales que sean remitidos a los juzgados como presuntos infractores.

Aceptado

Cumplido

6. Que a la brevedad posible se integre y determine el procedimiento que ya se ha iniciado para determinar la responsabilidad administrativa en que hayan incurrido los policías preventivos Alejandro Avilés Osorio, Ricardo Monroy Venegas, Facundo Díaz González y Jorge Ortega Flores, en la agresión sufrida por Raúl Hernández Espinoza y que, en su caso, se les apliquen las sanciones que correspondan, y se formule la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público.

Aceptado

Cumplido

7. Que se realice el procedimiento correspondiente para determinar la responsabilidad administrativa en que probablemente incurrió el médico José de Jesús Cruz al expedir un certificado médico con datos falsos, en los términos señalados, y que, en su caso, se le apliquen las sanciones que procedan. Si resultara la comisión de alguna conducta probablemente constitutiva de delito, que se formule la denuncia correspondiente.

Aceptado

Cumplido

8. Que se lleve a cabo el procedimiento correspondiente para determinar la responsabilidad administrativa en que probablemente incurrieron la empleada del Hospital General de Xoco encargada de expedir los certificados médicos, quien hizo esperar excesivamente a Visitadores Adjuntos de esta Comisión para atenderlos, y la otra empleada que instruyó a la primera para que deliberadamente los hiciera esperar más de lo que ya habían esperado en exceso, y que, en su caso, se les apliquen las sanciones que resulten procedentes.

Aceptado

Cumplido