martes , 7 mayo 2024

Seguimiento a Recomendación 07/2007

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Irregularidades en la integración de la averiguación previa
Derechos humanos violados Derecho a la seguridad jurídica
Derecho al debido proceso
Emisión 12/04/2007
Autoridades recomendadas

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

1.1. El 14 de abril de 2004, el señor Juan José González Pacheco, presentó una queja a favor del señor Sergio Alfonso Dorantes Zurita, en la cual manifestó a esta Comisión, lo siguiente: El 16 de julio de 2004 (sic), el señor Sergio Alfonso Dorantes Zurita se presentó en la Agencia Investigadora Coyoacán Dos, para ampliar su declaración como testigo en la averiguación previa COY-2T1/969/03-07, en la que se investiga el homicidio de su esposa Alejandra Patricia Dehesa Reguera, donde solicitó al oficial secretario del Ministerio Público coadyuvar en la investigación. Posteriormente, fue entrevistado por un agente de la Policía Judicial del Distrito Federal, quien lo interrogó de forma ilegal y lo presionó para que le diera información… Respecto de la solicitud de coadyuvar con el agente del Ministerio Público, éste mediante acuerdo de 21 de julio de 2003, le negó su petición, ya que su persona se encontraba en investigación…

A partir de septiembre de 2003, en la agencia del Ministerio Público no se les ha dado informes, ni se le ha permitido acceso a la averiguación previa. Posteriormente, el titular de la Agencia COY-2 les informó que la indagatoria había sido remitida a la Fiscalía Central para la Investigación de Homicidios… [donde tampoco se les proporcionó información].

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. Que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a través de su Visitaduría General, realice un estudio técnico-jurídico de la averiguación previa FCH/CUH-2/3755/05-12 y una investigación de la actuación de los servidores públicos que participaron en la investigación de los hechos motivo de dicha indagatoria. En caso de que del estudio realizado se aprecien conductas que pudieran constituir responsabilidades administrativas o penales, se dé vista a la Contraloría Interna y a la Fiscalía Central de Investigación para Servidores Públicos.

Aceptado

Cumplido

2. Que esa Procuraduría, continúe con la investigación de los hechos denunciados en la averiguación previa FCH/CUH-2/3755/05-12, en la cual amplíe la investigación de los servidores públicos que participaron en la integración de la averiguación previa COY-2/969/03-07.

Aceptado

Cumplido

3. Para garantizar la no repetición de actos como los que fueron materia de esta Recomendación, que esa Procuraduría, dentro de los seis meses próximos a la emisión de la presente Recomendación, presente un programa de trabajo —a corto, mediano y largo plazo, con metas y procedimientos precisos— para implementar un Modelo Integral para la Procuración de Justicia. Dicho Modelo deberá contemplar lineamientos específicos para una adecuada documentación e integración —tanto formal como material— de la averiguación previa, orientados a procurar en todo momento: 1) el resguardo de los expedientes —en aras de garantizar la confidencialidad e imparcialidad de las investigaciones—, 2) que en el registro de las actuaciones de la autoridad ministerial no se soslayen circunstancias de modo, tiempo y lugar —con la finalidad de salvaguardar el principio de certeza—, 3) participación oportuna de los servicios periciales —lo que incluye en su caso, el acceso irrestricto del SEMEFO a toda la información pericial que obra en una averiguación previa—, 4) La forma de proteger y preservar el lugar de los hechos; 5) La forma en que deben participar los elementos de la Policía Judicial y demás auxiliares del Ministerio Público en cada una de las etapas de la investigación. Dicho Modelo también debe establecer los mecanismos de supervisión de la actuación ministerial, mismos que deberán contemplar al menos la realización de visitas por parte de personal de la Visitaduría General. Por último, cabe precisar que los lineamientos enunciados en este punto recomendatorio no son limitativos de aquellos que deberán conformar el Modelo sugerido, sino un mínimo de éstos, que busca garantizar se cumpla el objetivo de la Recomendación emitida por este Organismo.

Aceptado

Cumplido

4. Que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal realice las acciones necesarias para suscribir un convenio de colaboración con la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal respecto a los procedimientos que deberá observar su personal para la preservación del lugar en el que se presuma que se ha cometido un hecho delictivo.

Aceptado

Cumplido