lunes , 13 mayo 2024

Seguimiento a Recomendación 07/1995

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Procedimiento administrativo para establecer la responsabilidad en que pudo incurrir el personal del Servicio Médico Forense relacionado con la elaboración del dictamen de necropsia y de los estudios histopatológicos de una menor, y, en su caso, dé vista al Ministerio Público
Derechos humanos violados Derechos de la victima o de la persona ofendida
Emisión 12/06/1995
Autoridades recomendadas

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

1. El 28 de junio de 1994, se recibió en esta Comisión el escrito de queja de la señora Sandra Giese de Báez, en el que narra que:

a) El 17 de marzo de 1994, su hija Ana Shantal Báez Giese ingresó al Hospital Infantil Privado, porque tenía dolor de cabeza y vómito. Sin embargo, ya en el hospital sufrió crisis convulsivas y paro cardiorrespiratorio;

b) El 21 de marzo del mismo año fue trasladada al Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional Siglo XXI, donde le diagnosticaron muerte cerebral;

c) La menor murió el 6 de abril de 1994;

d) Ese mismo día se inició en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal la indagatoria SC/ACI/280/94-04, por la presunta responsabilidad de los médicos del Hospital Infantil Privado. Dicha indagatoria no se ha integrado conforme a derecho, ya que el titular de la Agencia Investigadora favorece a los médicos del Hospital Infantil Privado, y

e) El 7 de abril de 1994, el Servicio Médico Forense del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal emitió un documento de protocolo de necropsia, en el que se señala como indeterminada la causa de muerte de la menor.

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. Que se inicie procedimiento administrativo para determinar la responsabilidad en que pudo haber incurrido el personal del Servicio Médico Forense que intervino en la elaboración del dictamen de necropsia y de los estudios histopatológicos de Ana Shantal Báez Giese y, en su caso, se dé vista al Ministerio Público.

Aceptado

Cumplido