domingo , 4 junio 2023

Seguimiento a Recomendación 03/1996

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Incumplimiento de uno de los sueños del Constituyente de Querétaro: «…que también los inculpados pobres tuvieran, desde el inicio del procedimiento, defensa jurídica, la que estaría a cargo, precisamente, del defensor de oficio.»
Derechos humanos violados Derecho a la seguridad jurídica
Derecho al debido proceso, garantías judiciales
Emisión 22/04/1996
Autoridades recomendadas

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal

1. El 19 de enero de 1996, se recibió en esta Comisión escrito de queja de la señora Bertha Floria Marín Pareyón, en el que manifestó que:

El 20 de mayo de 1995, la señora Perla Guadalupe Ramírez Barrera la denunció por lesiones y daño en propiedad ajena. Por este motivo, el 24 de agosto, compareció ante la titular de la Mesa 3 de Trámite de la 20a. Agencia del Ministerio Público, licenciada Edith Senderovich Ramírez, quien no le permitió llamar por teléfono y le tomó declaración sin la asistencia de abogado o persona de su confianza. Fue detenida el 10 de enero de 1996, y posteriormente quedó libre bajo caución.

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. Que conforme a lo establecido en los artículos 53, 54, 56, y demás aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se inicie procedimiento administrativo contra la titular de la Mesa 3 de la 20a. Agencia Investigadora, licenciada Edith Senderovich Ramírez y, en su caso, se le impongan las sanciones que correspondan.

Aceptado

Cumplido

2. Que se tomen las medidas adecuadas y suficientes para garantizar, en todas las averiguaciones previas, la estricta aplicación de la fracción II del artículo 20 constitucional y del inciso b de la fracción III del artículo 269 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

Aceptado

Cumplido

Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Departamento del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. Que conforme a lo establecido en los artículos 53, 54, 56, y demás aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se inicie procedimiento administrativo contra el defensor de oficio adscrito a la 20a. Agencia Investigadora, licenciado Ricardo de la Cruz Ruiz y, en su caso, se le impongan las sanciones que correspondan.

Aceptado

Cumplido

2. Que se tomen las medidas adecuadas y suficientes para garantizar, en todas las averiguaciones previas, la estricta aplicación de la fracción II del artículo 20 constitucional y del inciso b de la fracción III del artículo 269 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

Aceptado

Cumplido