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Exhorta la CDHDF a erradicar todos los actos de discriminación entre particulares, para efectos de derechos y seguridad sociales

Boletín 32/2013
30 de enero de 2013

• Insta a la ANDA a dar cobertura de seguridad social a las familias diversas y a las mujeres

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) insta a la Asociación Nacional de Actores (ANDA) a modificar su Estatuto legal para dar cobertura de seguridad social a las familias diversas y a las mujeres, en estricto apego a los estándares nacionales e internacionales en materia de No Discriminación, los cuales señalan la arbitrariedad de las distinciones entre las personas con el objetivo de negarles derechos u oportunidades.

Lo anterior, a raíz de la respuesta negativa de la ANDA, dada a conocer en los medios de comunicación y redes sociales por el actor Felipe Nájera, en el sentido de que se reconociera el derecho de su cónyuge a acceder a los servicios médicos privados que esta Asociación contrata para las personas afiliadas.

La razón de este trato discriminatorio es, de acuerdo con lo dado a conocer por el actor, que el Estatuto de la ANDA no reconoce el derecho de los esposos varones de cualquiera de sus asociados, sean hombres o mujeres, a acceder a los beneficios derivados de la seguridad social institucional.

La CDHDF considera que uno de los terrenos en donde más trabajo a favor de la igualdad y los derechos humanos está pendiente de realizarse es el espacio que definen las relaciones entre particulares, especialmente en lo que se refiere a los servicios de las aseguradoras.

La CDHDF hace énfasis en que, por supuesto, las asociaciones civiles de todo tipo tienen la libertad constitucional para integrarse como consideren pertinente sus afiliados y afiliadas.

Pero señala que ninguna legislación local o estatuto de gobierno organizacional puede contravenir los contenidos constitucionales y de los tratados internacionales, que prohíben la discriminación, explícitamente por razones de preferencia sexual e identidad de género.

Además, estos instrumentos de derecho mandatan la protección de las familias diversas en igualdad de circunstancias que las familias tradicionales. Por eso, esto Organismo afirma la necesidad de que las relaciones entre particulares no sean un caso extraordinario en lo que se refiere a la observancia de la primera de las cláusulas constitucionales, es decir, la que se refiere a la No Discriminación.

De acuerdo a lo dado a conocer por Felipe Nájera, está en trámite una queja por este caso ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).

La CDHDF espera que haya un acuerdo de conciliación que permita no sólo el acceso de la pareja del actor a los servicios médicos que brinda la ANDA, sino también la eliminación de todas las disposiciones que podrían resultar contrarias a la No Discriminación, en el Estatuto de esa Asociación civil.

Además, considera que este caso debería motivar una reflexión colectiva sobre las barreras estructurales que habría que erradicar del espacio que define las relaciones entre particulares, para que el derecho a la No Discriminación se dé efectivamente en todos los subsistemas sociales.