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El veto presidencial a la Ley General de Víctimas acentúa el incumplimiento de la Reforma Constitucional en Derechos Humanos

Boletín 248/2012
07 de julio de 2012

• Además, prolonga el estado de indefensión en que se encuentran todas las víctimas

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) lamenta que se haya empleado la facultad de veto presidencial en detrimento de la entrada en vigor de la Ley General de Victimas, lo cual acentúa el incumplimiento de la Reforma Constitucional en Derechos Humanos.

El veto del Ejecutivo Federal prolonga el estado de indefensión en que se encuentran todas las víctimas, las del delito y las de violaciones a derechos humanos, pues no se cuenta con un marco normativo que reconozca y proteja sus derechos al hacer efectiva la Reforma Constitucional sobre Derechos Humanos.

La CDHDF se suma a la demanda de las víctimas y del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad,  para que la ley sea promulgada sin mayor demora.

Cabe destacar que esta Ley fue aprobada el pasado 30 de abril por el Congreso del Unión, de manera que el veto intensifica el incumplimiento del plazo para la publicación de esta ley, establecido en el régimen transitorio de la Reforma Constitucional en Derechos Humanos del 10 de junio de 2011, que en su artículo segundo determina que: “[…] La ley […] sobre reparación deberá ser expedida en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto.”

La Ley General de Víctimas no sólo es producto de la necesidad de reconocimiento y protección de los derechos de quienes han sido víctimas del delito o de violaciones a los derechos humanos, sino es una de las tareas legislativas pendientes de la Reforma Constitucional en Derechos Humanos, en la que distintos grupos y organizaciones de la sociedad civil han puesto sus esfuerzos con la esperanza de contar con un marco normativo que responda a la necesidad de reparar a las víctimas y asegurar la no repetición de las violaciones a sus derechos y bienes.

El Articulo 1° constitucional reconoce que, todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad en el ámbito de su competencia; por tanto, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley. Con ello, se ha erigido un bloque de constitucionalidad que, a través de la interpretación conforme de la Constitución y los tratados internacionales, dota de mayor contenido y alcance a los derechos humanos en nuestro país.

Con la expedición de la Ley General de Víctimas, el Estado mexicano es congruente con esta Reforma al incorporar los más altos estándares internacionales en materia de protección, atención y reparación integral a las víctimas, pues la ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas, que posibiliten el goce efectivo de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral y garantías de no repetición.