jueves , 19 septiembre 2024

Urge atender violencia contra niños y niñas utilizados en ritos sectarios: CDHDF

Boletín 197/2012
26 de mayo de 2012

• Debilidad en los sistemas de protección a los Derechos de la Infancia.

• Necesario conocer el número de niños y niñas expuestos a influencia de sectas religiosas.

Ante los hechos de violencia cometidos en distintos ritos sectarios hace unas semanas, uno en Sonora, donde se encontraron los cuerpos de niños, y otro en San Agustín Atlapulco, Estado de México, donde se causó la pérdida de la visión de un infante; es necesario contemplar la creación de mecanismos de observancia para conocer el número de niñas y niños que están expuestos a la influencia de sectas religiosas, en las que, por medio del adoctrinamiento y enajenación, se puede atentar contra su integridad física y psicológica.

La CDHDF manifiesta esta necesidad, en virtud de que el artículo 3° de  la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) señala que el Estado está comprometido a asegurar la protección y el cuidado necesarios para el bienestar de la infancia, “teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de ellos ante la ley”.

Por otro lado, el artículo 14 de la  citada Convención, establece explícitamente que la  libertad de profesar una creencia estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral o la salud públicos, así como los derechos y libertades fundamentales de los demás.

Es preocupante que padres y madres expongan a sus hijos e hijas a prácticas sectarias que devienen en afectaciones físicas de las y los niños, cuando es en ese núcleo en el que más se debería resguardar su integridad. Sin embargo; es necesario cumplir con la obligación del Estado por medio de la instrumentación de medidas para garantizar que niñas y niños  se vean protegidos contra toda forma de violencia, siendo más vulnerables a la misma por las condiciones de precariedad y violencia que se vive en el país.

Al respecto, es importante recordar que  en el Distrito Federal operaba la secta de la  Iglesia Cristiana Restaurada, que fundó un número indeterminado de casas hogar en el país, entre ellos la “Casita del Sur”, lugar del cual once niños y niñas fueron desaparecidos. En este sentido, en abril de 2009 la CDHDF emitió  la Recomendación 4/2009, sobre las niñas y los niños que de ahí fueron extraídos; a la fecha dos han sido localizados.

Derivado de lo anterior, se recomendó se instaure un acta que incluya por lo menos la identificación, cargo y firma de quien se responsabiliza de los cuidados y atenciones del niño o niña que vaya a ser integrado al albergue, casa hogar o casa de asistencia social, en el que claramente se defina que la estancia del niño o niña será temporal; y se detallen tanto las obligaciones y deberes en relación con el niño o la niña, como los derechos que le asisten.

La CDHDF observa con preocupación que las situaciones descritas muestran la debilidad de los sistemas de protección a los derechos de la infancia, para prevenir, documentar y sancionar, la influencia negativa que producen los actos señalados, por lo que urgimos a las autoridades federales y locales a brindar una atención especial al respecto.