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Rechaza CDHDF tendencia a criminalizar y desprestigiar acciones de personas defensoras de derechos humanos

Boletín 132/2012
10 de abril de 2012

  • Por la presunta labor de inteligencia desde el gobierno federal al recabar información sobre la vida pública y privada de los defensores

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) manifiesta su preocupación y rechazo en torno a la presunta labor de inteligencia realizada por instancias del gobierno federal para obtener información sobre la vida pública y privada de defensores y defensoras de derechos humanos.

En su edición del domingo pasado, la Revista Proceso publicó fichas informativas sobre datos públicos y privados de defensores y una defensora, cuyas luchas y palabras han servido para guiar, conformar o fortalecer movimientos sociales de derechos humanos, como es el caso de Javier Sicilia, Emilio Álvarez Icaza Longoria, Miguel Álvarez Gándara, Miguel Concha,  Clara Jusidman y Raúl Romero, miembros del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad.

La CDHDF hace notar que aun cuando la vigilancia y el acoso son reprobables, para las personas defensoras estas acciones han llegado a convertirse en un hecho habitual.

Las evidencias mostradas por la Revista Proceso dan cuenta de una labor que se hace desde las más altas esferas gubernamentales, en donde se invierten recursos materiales y humanos para obtener información personal de los defensores, tal como su ubicación, movilidad, contactos, amistades, familias, propiedades, etcétera.

Para la CDHDF, la información presentada muestra elementos que tienden a criminalizar la labor de los defensores, como la referencia a los supuestos vínculos que tiene Miguel Álvarez Gándara con los movimientos guerrilleros de México y Latinoamérica.

Como Presidente de la organización Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz), Miguel Álvarez tiene como tarea principal la mediación y transformación de conflictos, contexto en el que se ha relacionado con el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) de manera  pública.

La CDHDF manifiesta que la vinculación que se hace con la guerrilla podría ser un elemento utilizado para criminalizar la labor del defensor, práctica que se ha dado para desprestigiar y desgastar a las personas defensoras.

Asimismo, esta CDHDF condena la investigación de la que ha sido objeto su anterior Presidente, Emilio Álvarez Icaza, así como su ex Consejera Clara Jusidman, quienes se han destacado por su ardua y honorable trayectoria en la defensa de los derechos humanos, así como lo han demostrado también Don Miguel Concha y Javier Sicilia.

Preocupa a la CDHDF que esta información sea utilizada para desprestigiar de manera pública las acciones de defensa a los derechos humanos.

Si bien el Estado es el garante del resguardo de datos personales, los defensores y la sociedad deben ser informados sobre el motivo y fundamento por el cual el gobierno federal recupera y sistematiza archivos administrativos, bajo su control y resguardo, esta clase de información, exhibiendo también las facultades para realizar dichas investigaciones, sin que las personas afectadas hayan otorgado el permiso para ello.

Esta CDHDF afirma que contar con fichas de información sobre defensores de derechos humanos viola las garantías de su seguridad y de las organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos, exponiéndolos a un mayor grado de vulnerabilidad.

Por lo anterior, se suma a la demanda expresada por el Movimiento por la Paz, respecto a que el gobierno federal ofrezca una explicación amplia de las razones para abrir expedientes con datos personales de la defensora y los defensores aludidos, y emita una comunicación pública en la cual refrende la importancia de la labor de los defensores  de derechos humanos.

Esto debe ser considerado en el marco de la Declaración de los Defensores de Derechos Humanos de Naciones Unidas, respecto a la obligación que tiene el Estado mexicano de adoptar las medidas legales, judiciales, administrativas y las de cualquier otra índole que aseguren el pleno ejercicio del derecho a defender derechos humanos por parte de las y los defensores.