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Las violaciones al debido proceso en el caso Florence Cassez bastarían para que un juez que lea el expediente declare su inocencia, coinciden especialistas.

Boletín 67/2012
19 de febrero de 2012

• Señalan que ante el montaje mediático se debe anular el proceso y dictar la libertad inmediata de las personas inculpadas

Al analizar el caso de la ciudadana francesa Florence Cassez, quien purga una pena de seis de 60 años de cárcel acusada del delito de secuestro, especialistas convocados por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) coincidieron en señalar que, el montaje mediático armado bastaría para que, en un Estado de Derecho, se anulara el proceso y se dictara su inmediata libertad.

El Coordinador del Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y ex Presidente de la CDHDF, Luis de la Barreda Solórzano, señaló durante su participación en el “Foro: Violaciones a los derechos del debido proceso en la investigación ministerial. Casos, causas y consecuencias”, que pese al montaje y la exhibición mediática de la aprensión, un juez que hubiera analizado debidamente el caso la habría absuelto ante la falta de pruebas contundentes.

Señaló que la gravedad del caso expone el daño irreparable que un juzgador puede infligir a una persona, aun cuando las pruebas no son suficientes y los testimonios son inconsistentes: “Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la absolviera, las afectaciones por su detención y por los años de reclusión que ha pasado quedarán ya para siempre en su vida”.

El ex Ombudsman capitalino lamentó también que hasta el propio Presidente Felipe Calderón haya convalidado, con las repercusiones internacionales que ello significa, las sucesivas sentencias de los jueces que la han condenado, cuando debió ponderar si el proceso y la validación de pruebas han sido los adecuados y apegados a derecho.

Durante su exposición en la Mesa 3 “Florence Cassez”, sobre Violaciones de las Garantías Judiciales, el investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Miguel Carbonell, se refirió al caso como emblemático de la debilidad del actual sistema de justicia, dada la calidad de las investigaciones y la evidente violación de los derechos humanos de las personas inculpadas.

Sostuvo que la presentación de personas torturadas debiera bastar para que un juez las libere inmediatamente y llamó la atención sobre el tiempo que trascurre entre una detención y la puesta a disposición ante el Ministerio Público que al menos, advirtió, deja dudas sobre la certidumbre de la calidad de las pruebas y del cambio de las versiones y testimonios de las víctimas y testigos.

El derecho a la asistencia consular no es, agregó, sólo un detalle de formalismo, sino parte del debido proceso que fue violentado y que es una razón más anular el procedimiento: “Es necesario construir reglas para tener certeza sobre las pruebas y que el Estado de Derecho acredite con profunda convicción sobre la culpabilidad o inocencia de las personas”.

Y agregó que el caso Florence Cassez habla de México ante el mundo, donde se requiere un genuino sistema de justicia y no de una máquina de la venganza: “Si Florence sale libre se irá a Francia, pero las y los mexicanos nos quedaremos a lidiar con este sistema de justicia, por eso su caso es un asunto de todos”.

Por su parte, la investigadora del Centro de Investigación de Docencia Económicas (CIDE), Ana Laura Magaloni, señaló que pareciera que en el caso Cassez como en otros similares el poder disuasivo del Estado es su capacidad coactiva para presentar a algunos seres humanos como malignos, más que en la adecuada aplicación y cumplimiento de la ley.

Señaló que la culpabilidad de la ciudadana francesa ya estaba dada desde que se planeó el montaje y la publicación de su detención, ante la dificultad de convalidar o desechar las pruebas y ante las imágenes publicadas en los medios.

Al respecto, cuestionó hasta qué punto la exposición mediática puede sesgar un juicio, la validez que dan los jueces a una exhibición de inculpados por parte de los elementos policíacos y que deja en “tierra de nadie” a las personas en tanto no son presentadas ante un Ministerio Público ni sentenciadas por el juzgador.

Las violaciones a los derechos humanos, en este caso en lo que se refiere al debido proceso, no han tenido consecuencias para quien las comete, subrayó; con esos fines, “la Suprema Corte debe prohibir la exhibición de imágenes”, concluyó.

En tanto, el ex Consejero de la CDHDF y actual Consultor para la Reforma Procesal Penal, Carlos Ríos Espinosa, dijo que aun cuando los jueces que han participado del caso han ido acumulando fojas al expediente ninguno ha pasado más allá de la copia y repetición de legajos que ya llegaron a los 17 tomos.

Urgió entonces a ponderar la oportunidad tanto para que la parte acusadora como la inculpada analicen adecuadamente las pruebas, pero sobre todo los jueces, quienes deben argumentar sobre la inocencia o la culpabilidad de las personas y no justificarla en la pura acumulación de papel.

El Foro sobre violaciones a los derechos del debido proceso en la investigación ministerial. Casos, causas y consecuencias fue convocado por la CDHDF y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y tuvo como objetivo abonar al debate de la próxima reforma al sistema de justicia penal para prevenir violaciones a los derechos humanos, a través del análisis y la reflexión sobre casos específicos de violaciones graves a los derechos al debido proceso; así como identificar aquellas condiciones estructurales, legislativas y administrativas que las propician