martes , 29 abril 2025

Entrevista al Primer Visitador de la CDHDF, Mario Patrón Sánchez, en la ceremonia de entrega del Reconocimiento en Derechos Humanos “Ponciano Arriaga Leija” 2011.

Transcripción 93/2011
18 de noviembre de 2011

Pregunta (P): Sobre la resolución del InfoDF en cuanto a la divulgación de los datos personales de presuntos delincuentes…

Mario Patrón Sánchez (MPS): Lo que para nosotros es bien importante es que el InfoDF exclusivamente resuelve sobre el tema de datos personales. La Ley de Datos Personales le da facultades al InfoDF para verificar si hay algún sistema de datos personales que se haya violentado. Lo que ellos resolvieron ayer fue no que no es violatorio de derechos humanos, eso es competencia exclusiva de la Comisión, sino más bien resolvieron que no se viola la Ley de Datos Personales. En su comunicado que sacan hoy, incluso el mismo InfoDF es claro que esa resolución de ellos no invade nuestra competencia autónoma para pronunciarnos de derechos humanos. Nosotros tenemos una investigación en curso que es de 32 expedientes de exhibición en medios. De esos 32 expedientes la mitad, estamos hablando de hombres y mujeres, que en el trámite fueron absueltos, ya sea por incidentes de desvanecimiento de datos, por sentencia de primera instancia o por amparos. Nosotros lo que hemos ido comprobando en el camino es que a las personas que son exhibidas sí se les vulneran sus derechos fundamentales, sobre todo del debido proceso, que es presunción de inocencia y defensa adecuada. Incluso vemos que la propia exhibición ante los medios es un acto de auto inculpación, porque la exhibición no es como consecuencia del consentimiento del exhibido. También estamos documentando en nuestro expediente de investigación que la exhibición en medios también agravia la honra, la dignidad y la vida privada de las personas. Hemos visto, por ejemplo, en estos casos de personas que son declaradas inocentes que hay consecuencias tremendas en su esfera profesional, familiar e incluso social. Nosotros, a partir de las pruebas que hemos recabado, es que hemos decidido institucionalmente que vamos a emitir un pronunciamiento de Recomendación. Estamos ya en la parte final de la investigación y en próximas semanas les estaremos dando ya información sobre el pronunciamiento en concreto. La resolución del InfoDF, digamos, en nada entorpece nuestro proceso de investigación. Están en su uso de facultades y nosotros somos respetuosos como Comisión. El hecho de que ellos digan que exhibir una foto y los nombres no viola la Ley de Datos Personales, eso persé no significa que no viole derechos humanos. Y como lo dice en su comunicado de hoy el InfoDF, su resolución digamos que en nada invade nuestra competencia autónoma y que somos nosotros el único ente público encargado de decir si viola o no derechos humanos. Nuestra posición inicial es que tenemos una investigación en curso, de que en esa investigación hemos estado comprobando que existen violaciones del debido proceso y de honra, dignidad y vida privada, y que en ese sentido vamos a emitir un pronunciamiento. Estamos a la espera de la resolución del InfoDF. Como ustedes saben tienen 10 días para hace el engrose. Sabemos que su resolución fue a partir de tres casos que nosotros estamos investigando. No sabemos bien a bien cuáles son esos tres casos, pero por ejemplo si uno de esos casos es de un chico que su foto estuvo en la liga de “los más buscados” nos parece que es un caso delicado, porque él fue declarado inocente. Salió por un incidente de desvanecimiento de datos. Es un chico que detuvieron por una supuesta homonimia, por coincidir su primero y segundo nombre y no así los apellidos de una persona que era de las más buscadas. Entonces es un caso delicado porque ahí ya hemos acreditado, incluso, que se la han hecho agravios a su honra, a su dignidad y a su vida privada. Si otro de los casos es el de una pareja de personas que fue presentada como parte de una banda internacional de clonadores de tarjetas, también se nos hace un caso muy delicado, porque estas dos personas después de dos años fueron declarados inocentes. Y hoy justamente lo que estamos documentando es que ellos no pueden reconstruir su vida porque, por ejemplo, van al banco y no se les da un crédito, justo porque fueron exhibidos como parte de una banda de clonadores, a pesar de que un juez ya les dio la razón y ya les dijo que no tienen nada que ver con el delito. No sabemos de qué caso se trata el InfoDF. Estamos en espera de la notificación, veremos la notificación y los argumentos de fondo, pero de inicio sí queremos plantear con mucha claridad nuestra posición institucional. En la investigación de estos 32 casos sí vemos que hay patrones de violación a los derechos fundamentales y del debido proceso, de honra y vida privada, y por eso estamos trabajando en un pronunciamiento. Respetamos que el InfoDF considere que no se violan datos personales, y eso en nada invade nuestra competencia ni obstaculiza nuestra investigación, porque somos el único ente público autorizado y facultado para determinar si hubo violaciones o no de derechos.

P: ¿Pero de esta forma el Instituto avala la presentación de los detenidos ante los medios?

MPS: Entendemos que el Instituto lo que dice es que subir las fotos y utilizar los nombres no viola la Ley de Datos Personales, pero el mismo Instituto hoy dice que eso no quiere decir que no viole derechos fundamentales, porque eso nos toca a nosotros. Para nosotros sí es una práctica violatoria y por eso es que estamos preparando un pronunciamiento.

P: Pero yo entiendo, usted ahorita nos está mencionando dos casos de personas que fueron encarceladas o detenidas de manera injustificada, ¿pero qué pasa cuando hay verdaderos delincuentes que se dedican a asaltar y que son presentados? El InfoDF dice que la ciudadanía tiene derecho a estar enterada de estas personas.

MPS: No,  miren, nosotros decimos que no hay que confundir los debates. La Comisión no está porque la Procuraduría deje de informar a la sociedad a través de los medios de comunicación, y en eso estamos muy claros. Lo que nosotros decimos es que la política de información no puede estar basada en la violación de derechos humanos de probables responsables. Así como hay algunos casos en donde el Tribunal ha decidido que sí son responsables, hay otros donde ha decidido que no son responsables. Y nosotros lo que decimos es que es muy importante tomar en cuenta el momento procesal en que se está. Estamos en un momento de investigación. La situación que se difunde puede cambiar incluso a días inmediatos. Ustedes conocieron el caso de Mariel Solís, por ejemplo, que fue un caso público, en  dos días cambió su situación jurídica e incluso la institución tuvo hasta  que pedir una disculpa. A nosotros lo que nos parece grave es que se presente a personas en calidad de responsables, porque así se les presenta, sin que todavía haya una declaratoria por parte de la autoridad competente sobre la responsabilidad. Estamos en el momento de averiguación previa. Imagínense que hemos conocido casos de hasta arraigados que son exhibidos. ¿Cuál es la situación jurídica de un arraigado?, ¿qué está detenido para qué? Para ser investigado, ¿no? Entonces lo que nosotros decimos no es: Procuraduría ya no des nada de información a los medios, Procuraduría ya no exhibas ninguna información. Nosotros consideramos que la Procuraduría al ser un ente público tiene la obligación frente a ustedes y frente a la sociedad de informar. ¿Cuáles son los índices delictivos en la sociedad?, ¿cuáles son los modus operandi?, y frente a eso no estamos en contra. Lo que sí decimos nosotros es que hay formas, procedimientos, mecanismos para informar, sin la necesidad de violentar los derechos humanos de las personas. Es más, nosotros no estaríamos en contra de que la Procuraduría nos construyera lo que se llama la prueba de interés público, y nos dijera: es que para este delito de Trata o para este secuestro, por los bienes jurídicos tutelados que hay por detrás, consideramos que la exhibición tiene que ser uno de los mecanismos adecuados, pero no nos han argumentado eso y no han construido la prueba de interés público, más aún, esta institución ha solicitado a la Procuraduría, cuál es la capacidad de captación de denuncias ciudadanas a partir de la exhibición, no nos han dado los datos.

P: ¿Y en qué momento sí se podría exhibir como lo hacen? Una vez que ya sea…

MPS: El Derecho de presunción de inocencia indica que toda persona es inocente y por lo tanto debe de ser tratada como inocente, hasta que no sea declarada como culpable.

P: Una vez que el Juez emita una sentencia de culpabilidad…

MPS: Ese es el estándar del Derecho. Nosotros lo que decimos es que desde luego que se deben de tutelar los derechos de las víctimas, pero si la Procuraduría tiene una denuncia de una víctima donde es el mismo modus operandi de unas personas que acaban de detener, habría formas para garantizar el reconocimiento de las víctimas sin la necesidad de la exhibición en medios. Termino diciendo que esto lo hemos estado dialogando con la Procuraduría, estamos en una condición de diálogo institucional. Consideramos nosotros que la posición de la Comisión desde la visión de Derechos Humanos se puede hacer compatible con la posición de la Procuraduría de cumplir con su trabajo de procuración de justicia, no es una posición antagónica y eso lo quiero dejar bien claro. Ha habido disposición de diálogo de la Procuraduría, la idea es que la Recomendación que nosotros emitamos pueda ser aceptada por la Procuraduría y podamos realmente construir mecanismos que no generen que la sociedad no sea informada, que no generen que las víctimas no sean informadas, pero también que no generen que los derechos de los imputados y de los probables responsables sean vulnerables, estamos convencidos de que se deben buscar fórmulas en donde se equilaten los distintos derechos.

P: Ya llevan meses con este diálogo Mario, ¿no se ha llegado a ningún acuerdo?

MPS: Lo que pasa es que el acuerdo es que nosotros tenemos que emitir nuestra Recomendación, y les comento, el asunto es que en nuestra investigación, casi semana tras semana hemos tenido que ir incorporando casos en la investigación, porque continúa la exhibición, pero lo que nos ha interesado más, no por correr, es documentar bien los casos; y en eso ¿qué hemos documentado? Pues como la exhibición en medios puede truncar el proyecto de vida de las personas, porque más allá de su encarcelamiento injusto, lo que hemos detectado es que ya cuando salen libres no pueden reconstruir su vida, justo como consecuencia de la exhibición, como si la exhibición en sí mismo fuera un tribunal paralelo o fuera una pena trascendente. Un Juez te declara inocente, pero ya hay una pena social, entonces, justo eso es lo que queremos nosotros evitar. Somos respetuosos del InfoDF, vamos a ver nosotros cuáles son los argumentos de fondo del InfoDf, pero ellos se refieren a datos personales, nosotros a derechos humanos.

P: ¿Cuántos casos llevas ya entonces acumulados?

MPS: Estamos terminando ya prácticamente con el total de poco más de 35 casos, pero lo que les quiero decir es que de esos 35 casos, poco más de la mitad estamos hablando de personas inocentes, por eso es tan relevante el tema, porque los equívocos del sistema de justicia no son tan menores.