lunes , 13 mayo 2024

Entrevista al Presidente de la CDHDF, Luis González Placencia, en el segundo día del Foro: Las Reformas Constitucionales en Materia de Derechos Humanos y sus Implicaciones en los Derechos de la Infancia en México.

Transcripción 97/2011
25 de noviembre de 2011

Pregunta (P): Sobre este asunto de la tortura que cometieron los policías, ¿qué han indagado en sus estadísticas, en sus reportes después de estas torturas, de abusos policíacos en lo que va del año y del 2010?

Doctor Luis González Placencia (LGP): Hemos emitido ya varias Recomendaciones sobre el tema de tortura, lo que nos damos cuenta es que, evidentemente la práctica persiste, estamos hablando de una práctica que está extendida, que no se comete solamente por parte de la Policía Preventiva como lo vimos ahora en el caso de Tepito, sino  la Policía de Investigación también, a partir de las detenciones que realiza y en  las prisiones. Entonces, desafortunadamente es una práctica que es transversal a todo el Sistema de Justicia Penal. Lo notable, o lo notorio mejor dicho de la situación que ocurrió recientemente en Tepito, es que en este caso ha sido posible ver, gracias al video que se tomó, con toda claridad la práctica y eso nos va a permitir también tomar en consideración las actitudes, el entorno en el que los agentes de la Policía cometen esta práctica, porque de ahí vamos a poder establecer, por lo menos vamos a tener algún criterio de probabilidad que nos permita decir si estamos hablando de una práctica sistemática o si se trata de un hecho aislado. En mi opinión y de acuerdo con lo que hemos podido ver en el video, lo más probable es que estemos hablando de prácticas sistemáticas, es decir, de cosas que la Policía hace, actos que la policía comete en todos los casos. Entonces, por eso para nosotros es muy importante que el Secretario de Seguridad asuma la responsabilidad principal y él sea quién envíe el mensaje a todas las personas que trabajan en su corporación, de que ese tipo de actos no debe ser y no puede ser tolerado y de que se llevarán los casos hasta sus últimas consecuencias. En seguida, que nos permita que la investigación que se realice desde la Comisión, y la que se está realizando también en la Procuraduría, obtenga los elementos suficientes, de manera tal que se pueda responsabilizar plenamente a los autores.

P: ¿De qué otro tipo de abusos estaríamos hablando? ¿qué tipos de tortura?

LGP: Bueno, sigue habiendo torturas relacionadas con métodos de asfixia, golpes por supuesto, las más comunes son golpes, pero también están las intimidaciones. Yo creo que aquí vale la pena recordar que recientemente la Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó el Código Penal en materia de tortura. Esa reforma, en el último momento sufrió un cambio, hay un avance importante porque ahora ya no es necesario probar que era importante obtener información, cualquier acto como el que vimos en este video puede ser tipificado como tortura, y esperamos que el Procurador haya iniciado la Averiguación Previa con esa hipótesis. Y la otra cuestión es que desafortunadamente no se avanzó en la reforma en lo que era necesario para establecer el deber de omisión, que responsabiliza de manera directa a los superiores jerárquicos. Hay elementos, y nosotros estamos investigando ahora, cuáles son los nexos con los superiores jerárquicos, para poder establecer si hubo aquiescencia, por ejemplo, o si hubo una orden expresa de que se actuara de esa manera y estamos investigando si hay más personas que hubiesen sido objeto del mismo acto.

P: Yo he revisado algunos reportes de la Comisión y encontré un dato interesante de que en el 2010 hubo más de 400 denuncias de abusos por parte de elementos policíacos, pero no aclara si es por tortura o por qué, ¿tienen ustedes alguna cifra al respecto en estos dos años?

LGP: Hay una gama que expresa desde actos de molestia de la Policía, naturalmente son ilegales, hasta casos como estos de los que estamos hablando ahora, de tortura. Nosotros partimos de la idea de que un abuso, un uso abusivo de la fuerza en un contexto  de acción como el de la Policía de Investigación o el de la Policía Preventiva, en principio tiene que ser planteado como tortura. La investigación que hacemos nosotros parte de que estamos hablando de tortura, luego el asunto es que como las limitaciones en el Código Penal no permitían perseguir esos delitos de tortura pues  ya se iban por otro tipo de hipótesis. Lo que es importante aquí es que con independencia de la intensidad del comportamiento del policía, cuando ese comportamiento es ilegal y tiene como finalidad infringir dolor, estamos hablando de tortura.

P: ¿Estamos hablando de 400 casos?

LGP: Que implican eventualmente tortura.

P: ¿En estos dos años o en el 2010?

LGP: No, en el 2010. Ahora lo que te diría es que se han emitido estas Recomendaciones que tocan tanto al Ministerio Público como a personal de prisiones.

P: En el caso del 2011 ¿Cuánto tiempo tenemos que esperar para conocer los datos?

LGP: Ya los estamos procesando, seguramente antes de que termine el año, tendremos ya las cifras claras.

P: En este contexto de tortura policíaca, no sé si ya tengan conocimiento de denuncias que hayan presentado los integrantes del Sindicato de Mexicana, por lo que ocurrió hace unos días con el zafarrancho entre los granaderos. ¿Ya se presentaron algunas denuncias, ya se iniciaron investigaciones?

LGP: No, no tenemos quejas; en este momento les debo comentar que aunque la Constitución nos ha dado ya competencia para asuntos laborales, hay un periodo  de vacatio de un año, para que podamos iniciar con ellos, entonces lo que estamos haciendo es sí intervenir ya en algunos casos, oficiosamente, para ir piloteando, es decir, ahorita estamos en una fase de ajustes, entonces todavía no estamos tomando casos como el que me comentas.