jueves , 19 septiembre 2024

Refrenda CDHDF defensa de víctima del estado, igual que de las víctimas del delito, como en el caso Alfonso del Campo Dodd.

Boletín 400/2011
25 de octubre de 2011

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), al igual que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la sociedad civil y los profesionales del Derecho, estamos, o debemos estar, todos del mismo lado: el de la denuncia del abuso y en la exigencia de no impunidad, aseveró el Ombudsman capitalino, Luis González Placencia.

En conferencia de prensa sobre el Caso Alfonso Martín del Campo Dodd, se pronunció por la necesidad de generar certeza en quienes han sido agraviados por acciones del Estado, como de quienes son víctimas del delito: “Ahondar en un debate estéril que confronta a la justicia penal con los derechos humanos no abona a la construcción de un Estado sólido de Derechos”.

Dijo que en el Caso Alfonso Martín del Campo Dodd, la CDHDF comprobó la cadena de violaciones al debido proceso que iniciaron con su detención arbitraria, incomunicación y tortura, seguidas de las deficiencias en el resguardo de la escena del delito, la cadena de custodia y la consideración de pruebas periciales exculpatorias.

Esos elementos, agregó González Placencia, en un contexto de pleno respeto a los derechos humanos, habrían derivado en la libertad inmediata del inculpado, así como en la reposición del proceso para no generar impunidad por el homicidio de dos personas.

Al pronunciarse respecto del amparo promovido por las asociaciones Alto al secuestro, A.C. y México S.O.S, A.C., en contra del Amicus Curiae que la CDHDF entregó a los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), así como sobre la omisión de los testimonios de las menores hijas de las personas asesinadas y por las que Alfonso Martín del Campo fue sentenciado, lamentó que sean “Una distracción mediática para generar presión en las decisiones del Tribunal, que deberá resolver el incidente de reconocimiento de inocencia. Jurídicamente no tiene posibilidades de prosperar”.

Asimismo, expresó su solidaridad con las hijas de la familia Zamudio Martín del Campo, así como su disposición para entrevistarse con ellas e iniciar a lo que haya lugar, al mismo tiempo que lamentó que las autoridades responsables no hayan efectuado las investigaciones adecuadas que permitieran el esclarecimiento pleno de lo sucedido.

González Placencia explicó que la figura del Amicus Curiae es una opinión jurídica en la que la CDHDF argumenta con fuentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, pero que de ninguna manera es vinculante para el juzgador ni en menoscabo del órgano jurisdiccional: “La autonomía judicial es también un derecho humano”.

Agregó que, un sistema que permite que sus servidores públicos, quienes deben garantizar los derechos de imputados y víctimas del delito, pasen por alto una serie de violaciones graves al debido proceso, la continuación de un enjuiciamiento y aun así llegue a la condena, se convierte en cómplice de la impunidad.

Tal es el Caso de Alfonso Martín del Campo Dodd, a quien el único recurso que se dejó, al violarse su derecho al debido proceso, es justamente el reconocimiento de inocencia, también ante la imposibilidad jurídica de reponer el proceso y develar la responsabilidad real en torno a los hechos.

Tal “círculo vicioso deriva en la impunidad, responsabilidad de servidores públicos del sistema penal y, de ningún modo, de las instituciones protectoras de derechos humanos”, subrayó el Presidente de la CDHDF.

A partir de la emisión de la Recomendación 13/2002, la CDHDF no ha variado su punto de vista, cuando pidió a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) reabrir una investigación para determinar si Martín del Campo fue torturado para inculparse; y al TSJDF que tomara en cuenta dicho instrumento recomendatorio, en caso de que la víctima interpusiera el Incidente de Reconocimiento de Inocencia.

En el cuerpo del Amicus Curiae presentado el 29 de agosto de 2011 ante la Séptima Sala Penal del TSJDF en el Incidente de Reconocimiento de Inocencia, la CDHDF se pronuncia para que el TSJDF tome en cuenta, al momento de resolver, la reciente Reforma Constitucional y el Artículo 36 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.

Este Organismo Defensor no se pronuncia sobre la inocencia o culpabilidad de los procesados, pero, una vez demostradas las violaciones a los derechos fundamentales, exige congruencia a las autoridades para que actúen conforme a las normas a las que están obligadas.

En la conferencia de prensa participó también el Primer Visitador de la CDHDF, Mario Patrón Sánchez; y el Secretario de Vinculación con la Sociedad Civil e Incidencia en Políticas Públicas, José Antonio Guevara Bermúdez.

González Placencia manifestó finalmente que, dado que está ejerciendo sus facultades y desempeñando las funciones que le corresponden como titular de la CDHDF, además de mantener su dignidad íntegra, no renunciará a su cargo.