miércoles , 30 octubre 2024

Envía CDHDF medidas precautorias a PGJDF y TSJDF, por el asesinato de reporteras.

Boletín 327/2011
2 de septiembre de 2011

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió medidas precautorias a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), por el caso de los asesinatos de las periodistas Ana María Marcela Yarce Viveros y Rocío González Trápaga.

En las medidas precautorias la CDHDF solicitó que:

  1. a. Las diligencias de investigación se realicen conforme a las reglas del debido proceso, actuando con la debida diligencia y de acuerdo a los estándares de investigación establecidos en los protocolos especializados, donde se recogen las buenas prácticas de actuación pericial y ministerial;
  2. b. Que se informe sobre cuáles son los protocolos que se siguen en los procesos de necropsia a fin de garantizar el estándar científico que se requiere. En ese orden de ideas solicita que ajusten su práctica a los estándares internacionales existentes en la materia, como pueden ser aquellos sugeridos por el Comité Internacional de la Cruz Roja y El Protocolo Modelo para la Investigación Forense de Muertes Sospechosas de Haberse Producido por Violación a Derechos Humanos. De igual forma se requiere la filmación de dichos protocolos a fin de garantizar el resguardo del material probatorio;
  3. c. Se garantice que se han obtenido debidamente todos los elementos necesarios para preservar evidencias fundamentales en el marco de la investigación del delito y la determinación de la causa de muerte, entre otras, y se tenga absolutamente garantizado, con bases científicas, que las identificaciones se realizaron bajo los estándares internacionalmente aceptados y con laboratorios adecuados y con la debida experiencia y
  4. d. Se asegure que el personal encargado de la obtención, preservación y cadena de custodia de la evidencia asociada se cerciore que la misma sea preservada en estricto apego por lo dispuesto por el Código de Procedimientos Penales vigente.

La CDHDF agregó, en alcance de esas medidas, dos puntos más, con el fin de que se resguarde la seguridad de quienes laboran en la revistaContralínea, de la que Yarce Viveros fue fundadora y en la que colaboró hasta horas antes de haber sido asesinada.

Las siguientes son las medidas solicitadas al alcance de la primera solicitud para que:

a) Se asegure que la averiguación previa del caso sea exhaustiva, agotando todas las líneas de investigación posibles, sin descartar aquéllas que se pudieran derivar del ejercicio de la profesión periodística de quienes en vida llevaran el nombre de Ana María Marcela Yarce Viveros y Rocío González Trápaga; y

b) Previo acuerdo, libre e informado, con las y los integrantes y colaboradores de la revista Contralínea, se implementen las medidas de protección