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Posicionamiento de la CDHDF sobre la importancia del carácter laico del estado mexicano y sus instituciones

Boletín 95 /2011
21 de marzo de 2011

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) expresa su compromiso con la defensa del Estado laico y sus instituciones, que tutelan los derechos de todas las personas, sin discriminación e independientemente de las doctrinas religiosas o morales que profesen de manera libre y responsable.

La laicidad del Estado mexicano, es decir, su obligación de comprometerse con el respeto irrestricto del pluralismo religioso y la no oficialización de ninguna religión en particular, está asentada en el Artículo 24 constitucional. El laicismo constituye el marco para la impartición de una educación cívica que oriente a las personas hacia la construcción no sólo de una cultura política del respeto a las diferencias, sino también de un contexto de diálogo democrático en el que la pluralidad social sea valorada de manera positiva y la no discriminación se observe como una tarea fundamental en la consolidación democrática.

Para la CDHDF, la laicidad de las instituciones políticas también implica que las normas y criterios con que el Estado rige su acción no deben estar definidos por un credo religioso o moral particular. La laicidad es una forma de garantizar y proteger el derecho de todas las personas a decidir de manera libre acerca de su confesión religiosa, preferencia sexual, identidad de género o conducta moral. Pero, más importante, la laicidad constituye un freno a cualquier tentativa de oficializar una visión religiosa o moral, la cual, incluso siendo la que profesa la mayor parte de la población, no debe tener carácter obligatorio.

La sociedad mexicana es plural: en formas de vida y en tradiciones que se reinterpretan; en prácticas religiosas y en exigencias ciudadanas de inclusión y reconocimiento; en escenarios para el ejercicio de la libertad religiosa y en los potenciales conflictos que surgen de las diversas interpretaciones de este derecho. Por estas razones, es necesario reafirmar el carácter laico del Estado. De otra manera, la pluralidad será observada como fragmentación, y no como parte de la riqueza cultural que distingue a nuestra sociedad.

Por su parte, durante 2010, la CDHDF conoció sólo un caso en el que presuntamente se vulneró el derecho de libertad de conciencia y de religión, lo que representa una disminución del 50% respecto del año anterior (cuando se conocieron 2 casos). Así, la CDHDF reafirma su convicción en el sentido de que la visibilidad social de la pluralidad religiosa es un claro avance en la consolidación democrática de nuestras instituciones, así como que todas las vulneraciones a los derechos de libertad de conciencia y de religión tienen que ser combatidas y desalentada la discriminación por motivos religiosos.