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CDHDF: reformas a Ley de Cultura Cívica, contravienen Programa de Derechos Humanos del DF, y criminalizan a las poblaciones callejeras

Boletín 403/2010
21 de diciembre de 2010

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) considera que las reformas a la Ley de Cultura Cívica para el Distrito Federal, con lo cual se pretende imponer un arresto inconmutable de 20 a 36 horas a quien consuma, ingiera, inhale o aspire estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos, contraviene al Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF) y criminaliza a las poblaciones callejeras.

Por lo anterior, la CDHDF solicitará al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, analizar los efectos de estas reformas en cuanto a la vigencia de los derechos fundamentales de las personas que habitan o transitan en la ciudad de México, para que considere regresar este dictamen a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

Las reformas a las fracciones V y XIX del Artículo 25 de la Ley de Cultura Cívica para el Distrito Federal, aprobadas ayer por la ALDF, en opinión de la CDHDF son reprobables por las siguientes consideraciones:

La iniciativa es contraria al párrafo cuarto del Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues la regulación de las sanciones administrativas debe ser coherente con la serie de alternativas que establece la Constitución, es decir, considerar para cada una de las infracciones la imposición de multa, arresto o trabajo comunitario. Ello es así, porque el orden de prelación de las sanciones administrativas forma parte de los derechos de las personas al debido proceso en las detenciones de índole administrativa.

Aunado a lo anterior, con la iniciativa de reforma de la Ley de Justicia Cívica se propicia una valoración desproporcionada e inequitativa en cuanto a la gravedad de las infracciones. Mientras que para el uso de sustancias psicoactivas, distintas al alcohol, se pretende adjudicar una sanción de arresto inconmutable de 20 a 36 horas; para el caso de la ingesta de bebidas alcohólicas en lugares públicos permanece la posibilidad del pago de una multa o de un arresto de 13 a 24 horas.

La ingesta del alcohol es parte también del universo de sustancias psicoactivas que se pueden consumir, entonces no es razonable suponer un tratamiento diferenciado respecto de la valoración de las conductas, por parte del legislador. Tampoco, de la exposición de motivos de la referida iniciativa, se colige una motivación y fundamentación adecuadas para realizar esta apreciación inequitativa entre estas dos conductas, lo que a todas luces es violatorio del principio de proporcionalidad y de igualdad ante la ley.

La CDHDF considera que con esta iniciativa se pone en riesgo la integridad y seguridad jurídica de las poblaciones que viven o trabajan en la calle, quienes en muchas ocasiones son consumidores habituales de sustancias psicoactivas, de modo que con su aplicación se estaría criminalizando directamente a estas poblaciones.

Adicionalmente, la reforma aprobada contraviene el compromiso también establecido por la ALDF en las líneas de acción 1633, 1634, 2005, 2006 y  2007  del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal que fue signado el año pasado.

En este programa la ALDF se comprometió a hacer las modificaciones jurídicas necesarias a la Ley de Cultura Cívica, a fin de que ésta garantice los derechos humanos de las personas que habitan y transitan en el Distrito Federal e incluso a modificar los artículos de su reglamento a fin de evitar la criminalización de adolescentes y jóvenes.

El incumplimiento al Programa de Derechos Humanos preocupa ya que medidas como las aprobadas no han mostrado su eficacia con estadísticas confiables, sino por el contrario, al ser discriminatorias, facilitan los actos de corrupción por parte de autoridades y acercan a consumidores a una dinámica que les puede vincular a redes de delincuencia organizada, incluso dentro de los propios centros de detención.

Para especialistas en adicciones, la criminalización del consumo genera mayor identidad con las sustancias ilegales, obstaculiza los procesos que alejan a las personas de su consumo y, sobre todo, discrimina a aquellas poblaciones que no cuentan con espacios para este tipo de prácticas, hecho que –a la larga– deriva en la generación de espacios clandestinos en donde el control de la venta de drogas se torna más difícil.

Es necesario recordar que el Gobierno del Distrito Federal (GDF) emitió un acuerdo  por el que se establece la obligatoriedad del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal para las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades del Distrito Federal. Además, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal hizo un compromiso en el mismo sentido.