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Boletín 357/2010 Se suma CDHDF al Amicus curiae que ofrecerán OSC en el caso Florence Cassez

Se suma CDHDF al Amicus curiae que ofrecerán OSC en el caso Florence Cassez.

Boletín 357/2010

17 de noviembre de 2010

 

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) se suma al amicus curiae que presentarán Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) para ofrecer argumentos a los magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado del Distrito en Materia Penal, quienes tienen bajo su decisión un amparo directo que la defensa de Florence Cassez presentó en contra de la sentencia de condena que emitió la justicia federal contra la ciudadana francesa.

 

El Consultor General de la CDHDF, Fernando Coronado Franco, explicó que para la Comisión este asunto forma parte de un gran número de casos penales en los que se manifiestan las debilidades del Sistema Procesal penal mexicano, las cuales han sido observadas por instancias internacionales en cuestiones de defensa de derechos humanos.

 

Aseveró que el de Florence Cassez es un asunto más en el cual el Sistema Procesal no garantiza los derechos de la personas. Detalló que se violaron el conjunto de los derechos que conforman el Debido Proceso, dentro de los cuales debe considerarse el subsistema de derechos relativos a la detención y a la integridad personal.

 

Explicó que la detención no debe ser ilegal ni arbitraria. Dijo que la presunción de inocencia es un principio que ilumina el debido proceso, y el momento de mayor relevancia es cuando el tribunal hace una valoración de la prueba, “que debe ser suficiente para destruir la presunción de inocencia y arribar a la convicción de culpabilidad”.

 

Sostuvo que el Estado mexicano, a través del Proceso Penal y de los tribunales que han conocido del asunto, no destruyó la presunción de inocencia como derecho fundamental de la persona juzgada, “este es un criterio técnico jurídico de derechos humanos al cual se llega cuando se analizan las inconsistencias de caracterizaron este asunto desde el punto vista jurídico”.

 

Apuntó que al no destruir la presunción de inocencia, su resolución deviene en un vacío serio, es decir, la resolución no puede considerarse suficiente, y estimó que es necesario que el sistema judicial se pronuncie sobre las graves violaciones a los derechos fundamentales de la persona, que se produjeron con motivo de su procesamiento.

 

La CDHDF tiene conciencia de que el Sistema Procesal Penal, tanto federal como en los estados, que no se han modificado a la luz de la Reforma Constitucional de 2008, adolecen de serias deficiencias en las propias normas y aún más, dijo, en las prácticas procesales que son incompatibles con el contenido de los Tratados Internacional en materia de debido proceso.

 

Coronado Franco señaló que a lo largo de los años del México independiente, el proceso penal no ha sido un medio jurídico, una institución ni por sus normas ni por sus prácticas, acorde con los postulados del Estado de Derecho y del Debido Proceso Legal.

 

Expuso que la CDHDF ve con preocupación que el proceso de Reforma Procesal Penal para todo el país, derivado de la Reforma Constitucional de 2008, no está dando los pasos que debería, no se observa un consenso de la comunidad política para impulsarlo.

 

“Ese Sistema Procesal Penal si bien no será la solución absoluta para los problemas de la justicia en el país, sí es una exigencia mínima para avanzar en la consolidación de un sistema de un Estado Democrático de Derecho y Constitucional Deliberativo”.

 

Indicó que concientes de su derecho y deber como instituciones protectoras de Derechos humanos, “nos sumamos al movimiento de la Sociedad Civil por este caso, debido a que cualquier caso de violación a derechos humanos que se produzca en territorio mexicano nos concierne”.

 

Abundó que a la CDHDF le interesa que México se consolide como un Estado Democrático de Derecho, para lo cual se debe reformar el Sistema Procesal en la legislación secundaria de acuerdo con la Constitución.

 

El amicus curiae es elaborado por el Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria”, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Gente de México por la Democracia y la CDHDF, instancias que ofrecen su opinión sobre algunos aspectos que deben ser tomados en cuenta en el ámbito de colaborar en la resolución judicial.

 

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