sábado , 30 septiembre 2023

Boletín 324/2010 Posicionamiento a propósito de la Jornada Internacional de Lucha por la Despatologización de las Identidades Trans, el 23 de octubre

Posicionamiento a propósito de la Jornada Internacional de Lucha por la Despatologización de las Identidades Trans, el 23 de octubre.

Boletín  324/2010

23 de octubre de 2010

 

Con motivo de la Jornada Internacional de Lucha por la Despatologización de las Identidades Trans, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) afirma la importancia de combatir el estigma y las prácticas discriminatorias que demeritan la calidad de vida de las personas trans y les impiden un acceso sin discriminación a derechos y oportunidades. La calidad de vida de las personas trans sólo puede asentarse en la despatologización de sus identidades, es decir, en la consideración de estas identidades no como un trastorno de la conducta sino como un elemento de la diversidad humana que es producto del ejercicio de las libertades ciudadanas, garantizadas de manera universal por los ordenamientos constitucionales y los instrumentos de derecho internacional.

 

Al afirmar la importancia de despatologizar las identidades trans, el objetivo no es sólo la desclasificación de éstas como trastornos en los catálogos de enfermedades mentales y trastornos psiquiátricos, sino que se busca sobre todo reconocer a estas personas la autonomía y libertad para decidir sobre sus propios cuerpos, así como sobre los recursos para la expresión de su identidad de género.

 

Es decir, se busca reconocer la autodeterminación de las personas trans sobre sus vidas, lo que no siempre ha ocurrido al ser el personal médico el que decide si ellas son consideradas como enfermas mentales o si la mejor forma de abordar su condición es hacerlas desistir de completar sus procesos de tránsito por los géneros.

 

Un enfoque de derechos humanos y no patologizante sobre las identidades trans tiene implicaciones fundamentales para elevar la calidad de vida de estas personas, así como para la creación de zonas de seguridad para la expresión libre de la identidad de género. Por todo lo anterior, consideramos:

 

  1. Que las identidades trans no constituyen trastornos psiquiátricos ni enfermedades orgánicas, pero sí es necesario crear las condiciones estructurales para el acceso de estas personas al más alto nivel de salud;
  2. Que la psiquiatrización y la patologización de las identidades trans socavan la autonomía y la capacidad de decisión de estas personas, además de que potencian la transfobia al generar una visión diferenciadora y excluyente que deriva en actos de discriminación y, de manera extrema, de violencia;
  3. Que la transfobia es una forma de violencia y desprecio específica que se ejerce contra las personas trans y está legitimada por una construcción machista, misógina e inequitativa de las relaciones entre los géneros, además de que tiene raíces en prácticas tradicionales e institucionales que sólo son susceptibles de considerarse de manera crítica a través de un enfoque de derechos humanos y no de uno patologizante;
  4. Que las personas trans deben acceder a la posibilidad de modificar el registro de nombre y sexo en los documentos oficiales sin que medie ningún tipo de evaluación médica o psicológica, lo que significa reconocer su identidad no sólo personal, sino jurídica;
  5. Que las personas trans tienen el derecho a decidir libremente sobre la modificación de sus cuerpos sin coerción médica, impedimentos estructurales, discriminación o violencia.
  6. Que la despatologización de las identidades trans redundará en librar de obstáculos el acceso de estas personas a oportunidades educativas y laborales sin discriminación, así como al empoderamiento de los procesos de exigibilidad y justiciabilidad del espectro de derechos, y no sólo de aquellos que se refieren al ámbito sanitario;
  7. Que deben desarrollarse modelos adecuados para la investigación de los delitos en general que se relacionan con la transfobia, y no sólo del caso extremo que representa el crimen de odio, de tal forma que las personas encargadas de procurar justicia se conduzcan de manera ética y no actúen en base a los prejuicios que convierten a las personas trans en depositarios naturales de la violencia y la discriminación.

En suma, la Comisión considera que la despatologización de la transexualidad tiene como principal propósito el combate de la transfobia que coloca a las personas trans en situaciones de riesgo potencial en lo que se refiere a su integridad, así como en una situación de desventaja para el disfrute de derechos y oportunidades.

 

Corresponde al Estado garantizar la seguridad y las libertades ciudadanas que permiten la libre expresión de todas las identidades de género, y si esta tarea no se cumple, se pone en cuestión el rendimiento social de las instituciones democráticas y la capacidad de las entidades públicas para tutelar los derechos para todos y todas.

 

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